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La Comisión presenta la Estrategia Europea para los drones 2.0

Fernández Hernández, Carlos

Diario La Ley, Nº 67, Sección Ciberderecho, 30 de Noviembre de 2022, LA LEY

LA LEY 7386/2022

La nueva Estrategia plantea modificar el Reglamento Europeo del Aire y el Reglamento de Gestión del Tráfico Aéreo para integrar de forma segura las operaciones de drones y de aparatos eléctricos de aterrizaje y despegue vertical (eVTOL) pilotados. Igualmente establecerá nuevos requisitos de formación y competencias para los pilotos remotos y los pilotos de aeronaves VTOL.

La Comisión Europea ha presentado “Una estrategia de drones 2.0 para un ecosistema de aeronaves no tripuladas inteligente y sostenible en Europa" (Comunicación de 29 de noviembre de 2022 “A Drone Strategy 2.0 for a Smart and Sustainable Unmanned Aircraft Eco-System in Europe", COM(2022) 652 final), con la finalidad de seguir desarrollando el mercado europeo de drones.

A estos efectos, la Estrategia incluye diecinueve propuestas de acciones destinadas a seguir construyendo el mercado europeo de servicios de drones.

La Comisión considera que en breve plazo (para 2030), los drones (o UAV) y el ecosistema que requieren se habrán convertido en una parte aceptada de la vida de los ciudadanos de la UE.

Estos dispositivos se utilizarán para prestar numerosos servicios en beneficio de diversos usuarios finales civiles y de defensa, incluidos los ciudadanos de la UE, las organizaciones, los Estados y la industria. Las operaciones aéreas de los drones incluirán servicios de emergencia, inspecciones y vigilancia para recoger datos, así como para la entrega de mercancías.

Por otra parte, se prevé que para esa fecha, los servicios de UAV comenzarán a prestar servicios regulares de transporte de pasajeros, inicialmente utilizando aviones con un piloto a bordo, pero con el objetivo final de automatizar totalmente sus operaciones. De esta forma los servicios de drones integrarán o complementarán eficazmente los actuales sistemas de transporte existentes y contribuirán a la descarbonización del sistema de transporte, proporcionando una alternativa a los modos de transporte con altas emisiones de carbono, al tiempo que se minimiza su impacto en el medio ambiente a lo largo de su ciclo de vida. Es decir, se prevé que los UAM se convertirán en una parte del futuro ecosistema de movilidad urbana multimodal inteligente y de las infraestructuras y aéreas que permitan estos servicios de transporte se desplieguen e integren ampliamente.

Por todo ello, la Estrategia de Movilidad Sostenible e Inteligente (SSMS) de la Comisión, adoptada en diciembre de 2020 (COM(2020) 789 final), definió una ambiciosa hoja de ruta destinada a encaminar el transporte europeo hacia un futuro sostenible, inteligente y resistente, que incluye la preparación de "Una Estrategia sobre drones 2.0 para un ecosistema de aeronaves no tripuladas inteligente y sostenible en Europa", que establezca las posibles vías para orientar el desarrollo futuro de esta tecnología y su entorno normativo y comercial. La Comunicación de 29 de noviembre es un reflejo de ese anuncio.

Desarrollo del marco establecido en 2018

En su Comunicación, la Comisión destaca que, con la publicación del Reglamento (UE) 2018/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 4 de julio de 2018 (LA LEY 13586/2018), sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil, la Unión estableció un marco normativo completo sobre drones para sus 27 Estados miembros, que está contribuyendo con éxito al desarrollo de este prometedor sector.

En virtud de ese Reglamento de 2018, todos los drones, independientemente de su peso, están sujetos a las normas de seguridad armonizadas de la Unión. Sobre la base de esos requisitos esenciales de seguridad y siguiendo un enfoque basado en el riesgo incorporado en el Reglamento de base, la Comisión adoptó en 2019 una serie de normas que regulan las operaciones con drones (el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 (LA LEY 10230/2019) de la Comisión, sobre las normas y procedimientos para la operación de aeronaves no tripuladas, y el Reglamento Delegado (UE) 2019/945 (LA LEY 10232/2019) de la Comisión, sobre los operadores de sistemas de aeronaves no tripuladas).

Posteriormente, y para garantizar la seguridad de las operaciones con drones en el espacio aéreo, la Comisión adoptó en 2020 un sistema único en el mundo para gestionar de forma segura el tráfico de drones, que se pondrá en marcha en enero de 2023. Ello se hizo por medio de tres Reglamentos de Ejecución sobre el denominado U-Space o zonas geográficas designadas para sistemas de aeronaves no tripuladas, en las que solo se permite que se lleven a cabo operaciones de drones (Reglamento de Ejecución (UE) 2021/664 de la Comisión, de 22 de abril de 2021 (LA LEY 8639/2021), sobre un marco regulador para el U-Space; Reglamento de Ejecución (UE) 2021/665 de la Comisión, de 22 de abril de 2021 (LA LEY 8640/2021), por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/373 (LA LEY 2991/2017) en lo que respecta a los requisitos para los proveedores de servicios de gestión del tránsito aéreo/navegación aérea y otras funciones de la red de gestión del tránsito aéreo en el espacio aéreo U-Space designado en el espacio aéreo controlado y Reglamento de Ejecución (UE) 2021/666 de la Comisión, de 22 de abril de 2021 (LA LEY 8641/2021), por el que se modifica el Reglamento (UE) 923/2012 en lo que se refiere a los requisitos para la aviación tripulada que opera en el espacio aéreo U-Space). Estas normas proporcionan el sistema de gestión del tráfico aéreo para los drones y son la piedra angular del nuevo marco reglamentario de la Unión en materia de drones, facilitando el desarrollo de la industria de los drones y del mercado de servicios de drones.

Este desarrollo de normas europeas para los drones ha sido tanto más importante cuanto que había muy pocos marcos nacionales de regulación en los Estados miembros de la UE, o a nivel mundial. A diferencia de otros sectores, en los que el proceso de armonización normativa de la UE se inició tras la adopción a nivel nacional de una normativa a veces divergente, en este de los drones ha sido posible empezar desde el principio con un conjunto de normas verdaderamente común.

Así, gracias a este marco regulador de la Unión, los drones han volado con seguridad durante cientos de miles de horas en los cielos de Europa, supervisando las infraestructuras, vigilando los vertidos de petróleo o tomando muestras de suelo. Los proyectos sobre el uso de drones para las entregas de productos médicos por vía aérea y el transporte de muestras médicas entre servicios sanitarios también están avanzando a buen ritmo.

Diecinueve acciones prioritarias para el mercado de drones del futuro

La estrategia presentada por la Comisión abarca diez áreas destinadas a apoyar el desarrollo del ecosistema de los drones que se agrupan en dos objetivos principales: construir el mercado de servicios de drones de la Unión, y reforzar las capacidades y sinergias de la industria civil, de seguridad y de defensa de la Unión. A su vez, estos objetivos se concretan en diecinueve acciones prioritarias (Flagship Actions):

A) Acciones destinadas a construir el mercado de servicios de drones de la UE

1. Mejora de las capacidades del espacio aéreo (desarrollo del U-Space e integración con la gestión del tráfico aéreo)

Acción 1: La Comisión se propone modificar el Reglamento Europeo del Aire (Reglamento de Ejecución (UE) 923/2012 de la Comisión, de 26 de septiembre de 2012 (LA LEY 17194/2012), por el que se establecen el reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea) y el Reglamento de Gestión del Tráfico Aéreo/Servicios de Navegación Aérea (Reglamento de ejecución (UE) 2017/373 de la Comisión de 1 de marzo de 2017 (LA LEY 2991/2017), por el que se establecen requisitos comunes para los proveedores de servicios de gestión del tránsito aéreo/navegación aérea y otras funciones de la red de gestión del tránsito aéreo y su supervisión) para integrar de forma segura las operaciones de drones y de aparatos eléctricos de aterrizaje y despegue vertical (eVTOL) pilotados.

Acción 2: La Comisión seguirá promoviendo la investigación coordinada sobre tecnologías integradas de comunicación, navegación y vigilancia para garantizar la convergencia entre los entornos de gestión del tráfico aéreo (ATM9 y U-space).

2. Facilitar las operaciones aéreas

Acción 3: La Comisión se propone adoptar nuevos escenarios estándar europeos para las operaciones aéreas de riesgo bajo y medio

3. Desarrollar la movilidad aérea innovadora

Acción 4: La Comisión establecerá una categoría "certificada" de operaciones con drones, abordando la aeronavegabilidad inicial y continuada de los drones sujetos a certificación; y los requisitos operativos aplicables a las aeronaves tripuladas con capacidad de aterrizaje y despegue vertical (VTOL).

Acción 5: La Comisión adoptará normas para el diseño y las operaciones de los vertipuertos (pistas de aterrizaje y despegue vertical) en el ámbito del Reglamento de base de la Agencia Europea de Seguridad Aérea (AESA).

Acción 6: La Comisión establecerá requisitos económicos y financieros para la concesión de licencias a los operadores de drones.

4. Garantizar la sostenibilidad y la aceptación social

Acción 7: La Comisión financiará la creación de una plataforma en línea para apoyar la aplicación sostenible de la Movilidad Aérea Innovadora (IAM) por parte de las autoridades, las comunidades, los municipios, la industria y las partes interesadas.

5. Promover la dimensión humana (conocimientos, formación, habilidades, competencias)

Acción 8: La Comisión tiene previsto adoptar nuevos requisitos de formación y competencias para los pilotos remotos y los pilotos de aeronaves VTOL.

B) Acciones destinadas a reforzar las capacidades y sinergias de la industria europea civil, de seguridad y de defensa

1. Proporcionar fondos y financiación

Acción 9: La Comisión tiene la intención de seguir financiando la I+D sobre drones y su integración en el espacio aéreo en el marco del programa Horizonte Europa y el Fondo Europeo de Defensa.

Acción 10: La Comisión se propone establecer una serie coordinada de convocatorias en el marco de los actuales instrumentos de la UE y de los préstamos del BEI para apoyar un nuevo proyecto emblemático sobre "tecnologías de los drones".

Acción 11: La Comisión estudiará posibles modificaciones del actual marco de financiación para garantizar un enfoque coherente en el apoyo a la investigación e innovación de doble uso para mejorar las sinergias entre los instrumentos civiles y de defensa.

2. Identificar los bloques tecnológicos estratégicos y los facilitadores de la tecnología

Acción 12: La Comisión se propone elaborar una hoja de ruta estratégica sobre la tecnología de los drones con el fin de identificar áreas prioritarias para impulsar la investigación y la innovación, reducir dependencias estratégicas existentes y evitar la aparición de otras nuevas.

Acción 13: La Comisión se propone coordinar con otros agentes pertinentes de la UE un enfoque común con el fin de proporcionar un espectro de radiofrecuencias suficiente para las operaciones con drones.

3. Permitir pruebas y demostraciones

Acción 14: La Comisión se propone crear una red de la UE sobre centros de ensayo para facilitar los intercambios entre los sectores civil y de defensa.

4. Impulsar normas comunes

Acción 15: La Comisión alentará a todos los agentes pertinentes a seguir alineando los requisitos de certificación para las aplicaciones civiles y militares hacia los establecidos por la EASA, teniendo en cuenta las especificidades militares y las normas de militares existentes en materia de certificación.

Acción 16: La Comisión tiene la intención de adoptar nuevos escenarios estándar para operaciones civiles que puedan facilitar los correspondientes casos de uso militar.

5. Aumentar las capacidades de lucha contra los drones y la resistencia del sistema

Acción 17: La Comisión se propone adoptar un paquete de medidas contra los drones (C-UAS)

Acción 18: La Comisión se propone adoptar una modificación de las normas de seguridad aérea con el fin de garantizar que las autoridades de aviación y los aeropuertos aumenten su resistencia frente a los riesgos que plantean los drones.

Acción 19: La Comisión se propone definir los criterios de una etiqueta voluntaria de "dron europeo de confianza".

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