Cargando. Por favor, espere

Reforma de las votaciones telemáticas en la Administración Local de La Rioja

Ley 12/2022, de 18 de octubre, de reforma de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja, para la admisión extraordinaria de la participación y la votación telemáticas (B.O.L.R. de 20 de octubre de 2022)

Diario La Ley, Nº 10157, Sección Actualidad Legislativa Comentada, 25 de Octubre de 2022, LA LEY

LA LEY 6553/2022

Se modifica la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja, para incorporar a la misma la posibilidad de la participación y votación telemáticas a distancia para los concejales.

Normativa comentada
Ir a Norma Ley 12/2022 de 18 Oct. CA La Rioja (reforma de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja, para la admisión extraordinaria de la participación y la votación telemáticas)

El Parlamento de La Rioja ha aprobado la Ley 12/2022, de 18 de octubre (LA LEY 22133/2022), mediante la cual se introducen ciertas modificaciones en la Ley 1/2003, de 3 de marzo (LA LEY 498/2003), de la Administración Local de La Rioja, con el objeto de posibilitar la admisión extraordinaria de la participación y la votación telemáticas a distancia de los concejales.

Cómputo

La norma incorpora dentro del cómputo de asistentes en una sesión a los miembros de las corporaciones locales que participen telemáticamente previamente autorizados.

Participación telemática

Se detallan aquellos supuestos en los que los concejales pueden asistir a distancia por medios telemáticos a las sesiones convocadas, para lo cual deberán cursar la oportuna solicitud por escrito dirigido a la Presidencia del órgano, quien autorizará su participación telemática:

- Quienes estén en situación de incapacidad laboral.

- Quienes no estando dados de alta en la SS acrediten una circunstancia análoga a una incapacidad laboral, mediante certificación médica.

- Y quienes se encuentren en una situación análoga a las previstas en el Estatuto de los Trabajadores (LA LEY 16117/2015) para la solicitud de permisos.

No obstante, se excluyen de la posibilidad de participación a distancia el Pleno de constitución de la entidad local, la elección de alcalde o alcaldesa, y de presidente o presidenta de la entidad local, la moción de censura y la cuestión de confianza.

Votación telemática

Se incorpora a la Ley 1/2003 (LA LEY 498/2003) el procedimiento para llevar a cabo el voto emitido por canal telemático, el cual solo será permitido en caso de ausencia impeditiva del desempeño ordinario de la función representativa, exclusivamente para aquellos supuestos que impidan la presencia física o telemática a la sesión.

Si en el momento de iniciarse el pleno, quien haya emitido voto telemático está presente, su voto presencial posterior será válido en todo caso, anulándose el voto emitido antes telemáticamente.

Modificaciones legislativas

- Ley 1/2003, de 3 de marzo (LA LEY 498/2003), de la Administración Local de La Rioja: se adiciona un nuevo punto 3 al artículo 130 y se añaden un nuevo 130 bis y un nuevo artículo 135 bis.

Entrada en vigor

La Ley 12/2022, de 18 de octubre (LA LEY 22133/2022), entrará en vigor el 20 de enero de 2023, a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Queremos saber tu opiniónNombreE-mail (no será publicado)ComentarioLA LEY no se hace responsable de las opiniones vertidas en los comentarios. Los comentarios en esta página están moderados, no aparecerán inmediatamente en la página al ser enviados. Evita, por favor, las descalificaciones personales, los comentarios maleducados, los ataques directos o ridiculizaciones personales, o los calificativos insultantes de cualquier tipo, sean dirigidos al autor de la página o a cualquier otro comentarista.
Introduce el código que aparece en la imagencaptcha
Enviar
Scroll