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Tentativa de estafa y grave deslealtad profesional de un abogado, con abandono absoluto de sus deberes profesionales

Tentativa de estafa y grave deslealtad profesional de un abogado, con abandono absoluto de sus deberes profesionales

TSJ Extremadura, Sala de lo Civil y Penal, Sentencia 12 Julio 2022

Diario La Ley, Nº 64, Sección Legal Management, 5 de Septiembre de 2022, LA LEY

LA LEY 5364/2022

Le había sido encomendado reclamar por daños derivados de negligencia médica y no fue hasta 14 meses después del encargo profesional, cuando el abogado presenta un escrito dirigido al director del hospital en el que reclama la cantidad de 600.000 euros por daños y perjuicios, pero sin pedir la apertura de un expediente por mala praxis o responsabilidad patrimonial, ni dirigir el escrito al organismo y persona competente.

TSJ Extremadura, Sala de lo Civil y Penal, Sentencia 22/2022, 12 Jul. Recurso 22/2022 (LA LEY 171739/2022)

Confirma el TSJ la condena impuesta a un abogado por los delitos de tentativa de estafa y deslealtad profesional, por la absoluta desatención y abandono de su obligación de llevar diligentemente el asunto que le había sido encomendado siendo plenamente conocedor de los perjuicios que su acción, y también omisión, iba a causar a su cliente.

La Sala de lo Civil y Penal desestima el recurso de apelación y confirma la condena de once meses de prisión, tres años y seis meses de inhabilitación especial para el ejercicio de abogado, así como el pago de una multa de 33.000 euros y una indemnización a la perjudicada de 43.000 euros.

El abogado cobró 18.000 euros a un cliente y luego tardó cuatro años en presentar la demanda para la que había sido contratado, la cual, además, se tuvo que archivar por defectos de forma.

Conscientemente dejó prescribir acciones tanto administrativas como judiciales, ocultando a su cliente el sobreseimiento de las diligencias penales que se incoaron al estar ya prescrita la acción, y realizó un escrito a modo de demanda para ejercitar la acción civil conociendo sobradamente la imposibilidad de que prosperase esta acción.

Ante las insistentes llamadas de la cliente para interesarse por el curso del proceso, el letrado se limitaba a contestar que el asunto seguía su curso y que había pedido una serie de informes, lo que era falso porque no había presentado ninguna reclamación, circunstancia que averiguó la perjudicada personándose un día en los Juzgados preguntando en el servicio de información si había algún procedimiento a su nombre, obteniendo una respuesta negativa.

Le había sido encomendado reclamar por daños derivados de negligencia médica y no fue hasta 14 meses después del encargo profesional, cuando el abogado presenta un escrito dirigido al director del Hospital en el que de forma "amistosa" dice que reclama la cantidad de 600.000 euros por daños y perjuicios, pero sin pedir la apertura de un expediente por mala praxis o responsabilidad patrimonial, ni dirigir el escrito al organismo y persona competente.

Desde entonces y hasta casi cuatro años después del encargo profesional, y más de cinco años posteriores al tratamiento médico, el abogado se limita a realizar vagas gestiones y cuando presenta una querella contra los médicos y contra el hospital, el delito ya estaba prescrito.

El acusado no informó del archivo del proceso penal a su cliente, siendo ésta quien se entera cuando directamente acude a los Juzgados a preguntar, indicándole entonces el abogado que iba a presentar una demanda civil y que el pleito estaba ganado seguro, a sabiendas de que el proceso civil no tenía viso alguno de triunfar y con única finalidad de obtener un beneficio económico, pues entonces solicitó otra provisión de fondos alegando que la anterior recibida al inicio del encargo ya estaba agotada.

Llama la atención que ocho meses después de la confirmación del archivo de la querella el abogado redacta un escrito que adopta la forma de demanda y que le entrega al padre de su cliente en plena calle, para que se lo entregue a la procuradora siendo ésta quien aconseja consultar con otro abogado, dadas las consecuencias negativas que podría tener la desestimación de una demanda de tan alta cuantía como la pretendida. Esta demanda contenía numerosos errores y consultado otro abogado, éste indica que estaba abocada al más absoluto fracaso.

En cuanto al recurso del acusado por prescripción del delito de deslealtad profesional, indica la Sala que tratándose de un delito continuado doloso debe partirse de la fecha del último hecho presuntamente delictivo para computar el plazo de prescripción.

Especial mención merece la consideración de la petición de otra provisión de fondos como acto tendente a estafar a la cliente porque la finalidad de la elaboración de un extraño escrito de lo que pretendía ser una demanda, solo tenía por finalidad conseguir una nueva disposición patrimonial a su favor, y si no llegó a consumarse fue la intervención de otra profesional a tiempo que consiguió frustró la operación puesta en marcha por el acusado.

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