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El Gobierno aprueba la ley para proteger a los “whistleblowers”

  • 13-9-2022 | Consejo General de la Abogacía Española
  • Va a ayudar a concienciar y aumentar las informaciones por corrupción al crear un clima de confianza entre el informante y la Administración
Normativa aplicada
Ir a Norma Directiva 2019/1937 UE, de 23 Oct. (protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión)
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El Gobierno ha aprobado el proyecto de ley para proteger a los denunciantes de corrupción, en trasposición de la directiva europea sobre “whistleblowers”.

“Va a ayudar a concienciar y aumentar las informaciones por corrupción al crear un clima de confianza entre el informante y la Administración”, afirmó en rueda de prensa la ministra de Justicia, Pilar Llop.

El proyecto de ley establece un régimen jurídico que garantiza la protección efectiva de aquellas personas que, en el seno de organizaciones públicas o privadas, comuniquen información relativa a infracciones del Derecho de la Unión y del Derecho nacional.

El objetivo de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019 (LA LEY 17913/2019) es proteger a todas aquellas personas que informen sobre corrupción o fraudes y violaciones del Derecho de la Unión Europea y del ordenamiento jurídico interno, mediante el establecimiento de canales protegidos de información y la prohibición de cualquier represalia contra ellas.

Con esta norma, cualquier ciudadano, y cualquier funcionario, podrá poner en conocimiento las operaciones, subvenciones y adjudicaciones sospechosas, en el ámbito de la contratación o del resto del ordenamiento. Se le deberá de conferir una protección real y efectiva ante cualquier represalia al informante y a su entorno.

También se establece la obligación de disponer de canales internos de información para empresas con más de 50 trabajadores. Igualmente, se obliga a contar con un sistema interno de información a todos los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, así como a las fundaciones que gestionen fondos públicos, con independencia de su número de empleados.

Llop explicó que la norma contempla un detallado régimen sancionador para las acciones u omisiones que limiten los derechos y garantías introducidos en esta ley, especialmente las orientadas a obstaculizar, impedir, frustrar o ralentizar las informaciones. El procedimiento sancionador contempla multas que oscilan entre los 1.001 y los 300.000 euros, en el caso de personas físicas; y los 10.001 y el millón de euros, en el caso de las personas jurídicas.

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