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Posibilidad de solicitar copia de una declaración de IRPF de ejercicio ya prescrito con el fin de que el contribuyente pueda utilizarla en un ámbito no tributario

Posibilidad de solicitar copia de una declaración de IRPF de ejercicio ya prescrito con el fin de que el contribuyente pueda utilizarla en un ámbito no tributario

Consulta DGT V1290-22, de 7 Jun.

Diario La Ley, Nº 10129, 13 de Septiembre de 2022, Wolters Kluwer

LA LEY 5539/2022

En principio el derecho de obtención de copia no está sometido a plazo de prescripción tributaria conforme a la normativa general relativa a la misma, sin perjuicio de la aplicación de otros límites temporales que se pudieran derivar, en su caso, del régimen de las actuaciones y procedimientos tributarios a través de los que se ejerza el indicado derecho.

  • ÍNDICE

Consulta Vinculante V1290-22, de 7 de Junio de 2022, de la SG de Tributos (LA LEY 1396/2022)

Es posible solicitar una copia de una declaración tributaria aun habiendo transcurrido el plazo legal de prescripción de los derechos contenidos en ella cuando la finalidad de la copia sea para otros ámbitos distintos al tributario.

El Derecho a solicitar copia de las declaraciones se reconoce en el artículo 34 de la LGT y con mayor detalle en el artículo 99 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria cuando dispone que el obligado tributario podrá obtener a su costa, previa solicitud, copia de los documentos que figuren en el expediente, en los términos establecidos en el artículo 99 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LA LEY 1914/2003), durante la puesta de manifiesto del expediente, cuando se realice el acceso a archivos y registros administrativos de expedientes concluidos o en cualquier momento en el procedimiento de apremio.

Además, la normativa propia de cada tributo reguladora de la presentación de las declaraciones establece que una vez presentada la declaración por el obligado tributario este recibirá la correspondiente copia o los datos de la misma debidamente validados.

El derecho de obtención de copia no está sometido al plazo de prescripción tributaria conforme a la normativa general relativa a la misma, sin perjuicio de la aplicación de otros límites temporales que se pudieran derivar, en su caso, del régimen de las actuaciones y procedimientos tributarios a través de los que se ejerce el derecho.

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