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Decreto de la Fiscalía de Medio Ambiente sobre las “mobile homes”: están sujetas a licencia urbanística y tienen vocación de permanencia

Decreto de la Fiscalía de Medio Ambiente sobre las mobile homes: están sujetas a licencia urbanística y tienen vocación de permanencia

Decreto del Fiscal de Sala de Medio Ambiente y Urbanismo sobre las casas móviles

Diario La Ley, Nº 10129, Sección Temas de hoy, 13 de Septiembre de 2022, Wolters Kluwer

LA LEY 5581/2022

Desde el punto de vista administrativo, los tribunales vienen reiterando que las viviendas prefabricadas están sujetas a licencia urbanística de obras y a posterior control, justificado en la vocación de permanencia de este tipo de viviendas. No existe un vacío legal que deje en manos del consumidor la decisión sobre su instalación en terrenos en los que se pudiera no autorizar.

  • ÍNDICE

Decreto de 11 de julio de 2022, del Fiscal de Sala de Medio Ambiente y Urbanismo, sobre las casas móviles (mobile homes) (LA LEY 742/2022)

La Fiscalía de Medio Ambiente ante el alarmante incremento de las mobile homes a raíz del Covid, y por el afán de la búsqueda de espacios al aire libre, analiza si existe o no “un vacío legal” que deje en manos del consumidor la decisión sobre su instalación en terrenos en los que pudiera ser que no cabe autorizarla.

Desde el punto de vista administrativo, los tribunales vienen reiterando que las viviendas prefabricadas están sujetas a licencia urbanística de obras y a posterior control, justificado en la vocación de permanencia de este tipo de viviendas.

La necesidad de fiscalizar el uso del suelo de conformidad con la naturaleza urbanística del mismo, se podría eludir en fraude de ley si en lugar de construir, simplemente se instala una casa prefabricada.

Y existe también como óbice, la posibilidad de que este carácter de permanencia, indispensable para que un habitáculo pueda ser calificado de vivienda, se sortee si los usuarios de casas prefabricadas no las emplazan con las correspondientes conexiones de agua, electricidad, etc.

Rechazada por los tribunales la equiparación entre vivienda prefabricada y caravana, desde el punto de vista penal, también se ha destacado como elemento definidor del tipo del art. 319 CP (LA LEY 3996/1995) que regula el delito sobre la ordenación del territorio y el urbanismo, que la vocación de permanencia que es lo que de por sí atenta esencialmente contra la naturaleza del suelo. Y el Tribunal Supremo ha considerado que las casas prefabricadas sí constituyen construcciones a los efectos del art. 319.1 CP. (LA LEY 3996/1995)

A la vista de la realidad normativa vigente y de la jurisprudencia, es por lo que la Fiscalía entiende que no existe “vacío legal”, e interesa de los Fiscales Especialistas y Delegados de Medio Ambiente y Urbanismo, que en aras a las necesarias pautas de unificación de criterios se ajusten a lo dicho a los efectos del uso de la acción penal y la previa y correspondiente investigación.

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