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Adaptación del modelo 345 a la nueva fiscalidad de planes de pensiones y del modelo 187 a los cambios en las SICAV

Novedades en declaraciones informativas: se aprueba un nuevo modelo 345 para adaptarlo a las nuevas reducciones en el IRPF y se modifica el modelo 187 como consecuencia de los cambios en las SICAV introducidos por la Ley contra el fraude.

Normativa comentada
Ir a Norma Orden HFP/823/2022, de 24 de agosto, por la que se aprueba el modelo 345 de "Declaración Informativa. Planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos. Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes individuales de Ahorro
Orden HFP/823/2022, de 24 de agosto, por la que se aprueba el modelo 345 de "Declaración Informativa. Planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos. Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes individuales de Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia. Declaración anual partícipes, aportaciones y contribuciones" y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación, y se modifica la Orden HAP/1608/2014, de 4 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 187 de "Declaración informativa. Acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las Instituciones de Inversión Colectiva y resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de IRPF, IS e IRNR en relación con rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de transmisiones o reembolsos de esas acciones y participaciones y derechos de suscripción" (BOE 29-08-2022)

Materias afectadas:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre Sociedades.
Fecha de entrada en vigor: 30-08-2022
Fecha de efectos: Declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2022 que se presenten a partir de 2023.

Se aprueba un nuevo modelo 345 de Declaración Informativa. Planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos. Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes individuales de Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia. Declaración anual partícipes, aportaciones y contribuciones, y se modifica el modelo 187, de declaración informativa de acciones o participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva y del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, en relación con las rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de esas acciones o participaciones y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.

Nuevo modelo 345

La modificación operada a través del artículo 59.dos de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, ha supuesto una nueva redacción del artículo 52 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ( Ley 35/2002, de 28 de noviembre), con efectos desde 1 de enero de 2022.

En concreto, este cambio consiste en la minoración del límite general de reducción aplicable en la base imponible por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, si bien se prevé que dicho límite pueda incrementarse no solo mediante la realización de contribuciones empresariales, como ya sucede, sino también mediante aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social. Asimismo, se eleva la cuantía del incremento de este límite.

Resulta necesario por lo tanto modificar la forma en que la Administración Tributaria recibe la información contenida en el modelo 345 sobre Declaración Informativa. Planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos. Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes individuales de Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia. Declaración anual partícipes, aportaciones y contribuciones, con la finalidad de que la información fiscal que se pone a disposición de los contribuyentes se adecue a estos nuevos límites.

Modelo 345

Declaración Informativa. Planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos. Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes individuales de Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia. Declaración anual partícipes, aportaciones y contribuciones.

Obligados a la presentación

Personas o entidades recogidas en el art. 53 del RD 1065/2007, de 27 de julio.

Objeto de la información

Información sobre partícipes, aportaciones y contribuciones a los Planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos, Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes individuales de Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia.

Plazo de presentación

Entre el 1 y el 31 de enero de cada año, en relación con la información y operaciones que correspondan al año natural inmediato anterior.

Formas de presentación

Telemática. Regulación: arts. 12, 13, 16 y 17 Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre.

Adaptación del modelo 187

Como consecuencia de las modificaciones introducidas por la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas para la prevención del fraude fiscal, en el Impuesto sobre Sociedades, se han establecido requisitos adicionales para que las sociedades de inversión de capital variable (SICAV) puedan aplicar el tipo de gravamen del 1 por 100.

Esta modificación va acompañada de un régimen transitorio para las SICAV que acuerden su disolución y liquidación, que tiene por finalidad permitir que sus socios puedan trasladar su inversión a otras instituciones de inversión colectiva que cumplan los requisitos para mantener el tipo de gravamen del 1 por 100 en el Impuesto sobre Sociedades, regulado en la disposición transitoria cuadragésima primera de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Con el objetivo de identificar las operaciones en las que los socios de la sociedad en liquidación no deban integrar en la base imponible las rentas derivadas de la liquidación de la entidad por reinversión de la totalidad de la cuota de liquidación, en la forma y condiciones previstas en la letra c) del apartado 1 de la disposición transitoria cuadragésima primera de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, se modifica la Orden HAP/1608/2014, de 4 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 187, de declaración informativa de acciones o participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva y del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, en relación con las rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de esas acciones o participaciones y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.

La modificación del modelo 187 consiste en la creación de nuevas claves en el campo “TIPO DE OPERACIÓN” y en la creación de un nuevo campo “IDENTIFICACIÓN DE LA SOCIEDAD EN LIQUIDACIÓN O LIQUIDADA”.

Por otro lado, se adecuan el resto de campos que deban hacer referencia a estas nuevas claves.

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