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Acuerdo provisional alcanzado sobre la ventanilla única de la UE que facilitará y acelerará el despacho de aduanas (19 mayo 2022)

Acuerdo provisional alcanzado sobre la ventanilla única de la UE que facilitará y acelerará el despacho de aduanas (19 mayo 2022)

  • 7-6-2022 | Unión Europea
  • El Consejo y el Parlamento Europeo legaron el 19 de mayo de 2022 a un acuerdo provisional sobre una ventanilla única para las aduanas que establece las condiciones adecuadas para la colaboración digital entre las aduanas y las autoridades competentes asociadas. El objetivo es facilitar el comercio internacional, acortar los tiempos de despacho de aduanas y reducir el riesgo de fraude. También ayudará a reducir la carga administrativa para los comerciantes.

Antecedentes

La Comisión presentó la propuesta por la que se establece el entorno de ventanilla única de la UE para las aduanas y se modifica el Reglamento (UE) n.o 952/2013 (LA LEY 16185/2013) el 29 de octubre de 2020. El Consejo acordó su mandato de negociación el 15 de diciembre de 2021. Las negociaciones entre los colegisladores terminaron en el presente acuerdo provisional.

Esta iniciativa se implementará sobre la base de interfaces con los sistemas existentes de importación, exportación o tránsito a nivel nacional, en lugar de introducir plataformas de TI completamente nuevas. Se trata de una empresa ambiciosa que implicará inversiones tanto a nivel de la UE como de los estados miembros, y se espera que se lleve a cabo una implementación gradual durante varios años.

Los Estados miembros invertirán en procesos de transformación y sistemas de TI, para que puedan aprovechar plenamente los beneficios de la ventanilla única. Los estados miembros establecerán entornos nacionales de ventanilla única, a través de los cuales las empresas podrán cargar la información relacionada con los bienes que ingresan o salen de la UE. Estos entornos nacionales de ventanilla única se conectarán a través de EU CSW–CERTEX con las bases de datos de la UE que gestionan los trámites no aduaneros, de modo que todas las autoridades pertinentes puedan acceder a los datos relevantes y colaborar más fácilmente en los controles fronterizos. El propósito es crear un enfoque mucho más simplificado y coordinado para el despacho de mercancías.

Objetivos

El despacho y los controles aduaneros eficientes son esenciales para permitir que el comercio fluya sin problemas y, al mismo tiempo, proteger a los ciudadanos, las empresas y el medio ambiente de la UE. Una vez que esté completamente implementado, las empresas ya no tendrán que enviar documentos a varias autoridades a través de diferentes portales. El entorno de ventanilla única permitirá que las aduanas y otras autoridades verifiquen automáticamente que las mercancías en cuestión cumplen los requisitos de la UE y que se han completado los trámites necesarios.

Es necesario aplicar en las fronteras exteriores más de 60 actos no aduaneros de la UE, así como legislación nacional no aduanera en ámbitos como la salud y la seguridad, el medio ambiente, la agricultura, la pesca, el patrimonio internacional y la vigilancia del mercado. Esto requiere documentos adicionales además de las declaraciones de aduanas y afecta a cientos de millones de movimientos de mercancías cada año.

Las autoridades de los Estados miembros que intervienen en el despacho de mercancías en las fronteras exteriores de la UE podrán acceder a la información electrónica presentada por los comerciantes e intercambiarla. El entorno de ventanilla única para las aduanas también apoyará la verificación automatizada de los trámites no aduaneros para las mercancías que entran o salen de la UE. Esto significa que ya no serán necesarios los controles documentales manuales para verificar ciertas formalidades no aduaneras .

Se espera que las nuevas reglas impulsen el flujo fluido del comercio transfronterizo y ayuden a reducir la carga administrativa para los comerciantes, en particular al ahorrar tiempo y simplificar y automatizar el despacho .

Actuaciones futuras

El presente acuerdo provisional alcanzado está sujeto a la aprobación del Consejo y del Parlamento Europeo antes de pasar por el procedimiento formal de adopción.

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