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Aplazamiento de las cuotas a la Seguridad Social, cheque de 200 euros para autónomos y desempleados, subida del 15 % de las pensiones no contributivas y del IMV y prohibición de los despidos por al...

Aplazamiento de las cuotas a la Seguridad Social, cheque de 200 € para autónomos y desempleados, subida del 15 % de las pensiones no contributivas y del IMV y prohibición de los despidos por alza energética (RDL 11/2022, 25 jun.)

Diario La Ley, Nº 10099, Sección Actualidad Legislativa Comentada, 28 de Junio de 2022, Wolters Kluwer

LA LEY 4440/2022

Se prorrogan hasta septiembre el aplazamiento de las cuotas a la Seguridad Social y hasta el 31 de diciembre la prohibición del despido en las empresas que hayan recibido ayudas por el aumento de los costes energéticos así como los ERTES vinculados a la situación de fuerza mayor temporal de empresas y personas trabajadoras afectadas por la erupción volcánica en la Isla de La Palma. Además, el Gobierno aprueba una subida del 15% durante 6 meses del IMV y pensiones no contributivas.

Portada

Ayer se publicó el RDL que prorroga hasta el 31 de diciembre determinadas medidas que acababan el 30 de junio y también recoge otras nuevas para paliar las consecuencias del alza de la inflación derivada de la guerra en Ucrania. A continuación detallaremos qué medidas sociales recoge este RDL, que entra en vigor el 27 de junio.

1. Liquidez para las empresas

Se prorrogan durante los meses de julio, agosto y septiembre los aplazamientos especiales de las cuotas a la Seguridad Social a un interés muy reducido -del 0,5%, siete veces inferior al habitual- para sectores especialmente afectados por la coyuntura económica actual (art. 27 RDL 11/2022 (LA LEY 14398/2022)):

  • Empresas con trabajadores en alta en el Régimen General de la Seguridad Social y los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que desarrollen su actividad en el sector del transporte urbano y por carretera (CNAE 4931, 4932, 4939, 4941 y 4942), cuyo devengo tenga lugar entre los meses de agosto a octubre de 2022, en el caso de empresas, y entre los meses de septiembre a noviembre de 2022, en el caso de trabajadores autónomos.
  • Empresas y trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, cuyo devengo tenga lugar entre los meses de julio a septiembre de 2022.
  • Las empresas incluidas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios y los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, cuyo devengo tenga lugar entre los meses de julio a septiembre de 2022, en el caso de empresas, y entre los meses de agosto a octubre de 2022, en el caso de trabajadores autónomos.

2. Ayuda de 200 euros para trabajadores, autónomos y desempleados

El art. 31 de este RDL 11/2022 (LA LEY 14398/2022) incluye la aprobación de una ayuda de 200 euros para rentas bajas que se podrá solicitar desde julio. En concreto, la normativa contempla que los asalariados, autónomos y desempleados inscritos en las oficinas de empleo puedan percibir un pago único de 200 euros. Se estima que esta medida beneficiará a 2,7 millones personas e incrementará su renta en 540 millones.

Para recibir esa ayuda, los beneficiarios deben residir en hogares en los que la suma de las rentas que perciban los convivientes sea inferior a 14.000 euros en 2021 y cuyo patrimonio descontando la vivienda habitual no supere los 43.196,4 euros.

Se excluye de esta ayuda a quienes ya cobren el Ingreso Mínimo Vital o reciban pensiones del Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado; para estos colectivos, este Real Decreto-ley ya contempla medidas concretas y, en el caso de las pensiones contributivas, el Gobierno garantiza el incremento en línea con la inflación para garantizar que no existe una merma del poder adquisitivo.

La ayuda será gestionada con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, previa solicitud de los beneficiarios, a realizar antes del 30 de septiembre de este año.

3. Subida del Ingreso Mínimo Vital y de las pensiones no contributivas

Con la modificación del artículo 45 y la introducción de un nuevo artículo 45 bis RDL 6/2022 (LA LEY 5833/2022), se aumenta un 15% las nóminas de Ingreso Mínimo Vital y de las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez, durante seis meses (desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de este año). Entre ambas prestaciones se reforzarán las rentas de más de 800.000 hogares de especial vulnerabilidad.

En el caso del Ingreso Mínimo Vital, el incremento se efectúa sobre el conjunto de la nómina, es decir, incluyendo el complemento de ayuda a la infancia en aquellos hogares que lo perciban.

En el caso de las pensiones de jubilación e invalidez no contributivas, este aumento supone un incremento de 60 euros al mes (360 euros de aquí a finales de año).

4. Prohibición de los despidos basados en el alza de la energía

Con la modificación del art. 44 RDL 6/2022 (LA LEY 5833/2022), se prorroga la prohibición de despedir por causas basadas en en el aumento de los costes energéticos.

Asimismo, se prevé que las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 ET (LA LEY 16117/2015) por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público, no puedan utilizar esta para realizar despidos.

5. Medidas por la erupción de La Palma

El artículo 26 RDL 11/2022 (LA LEY 14398/2022) también prorroga varias de las medidas de apoyo a la isla de La Palma para afrontar la reconstrucción tras la erupción del volcán Cumbre Vieja. En este ámbito, se prorrogan los aplazamientos especiales establecidos por el RDL 20/2021 (LA LEY 21898/2021) y ya prorrogados por el RDL 2/2022 (LA LEY 2657/2022), que podrán solicitarse en relación con el pago de las cuotas que se devenguen entre los meses de junio a agosto de 2022, en el caso de las empresas, y entre los meses de julio y septiembre de 2022, en el caso de los autónomos.

  • a) Prórroga hasta el 31 de diciembre de 2022 de los ERTE vinculados a la situación de fuerza mayor temporal en el supuesto de empresas y personas trabajadoras de las islas Canarias afectadas por la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja (art. 25 RDL 11/2022 (LA LEY 14398/2022)).
  • b) En relación con las prestaciones por cese de actividad para autónomos puestas en marcha o prorrogadas se prevé la prórroga durante seis meses más de las medidas extraordinarias de Seguridad Social contenidas al respecto en la disposición adicional 6ª RDL 18/2021, 28 sept (LA LEY 21295/2021)., prorrogadas ya por el RDL 2/2022 (LA LEY 2657/2022).
  • c) Se contempla la prórroga del aplazamiento del pago de cuotas a la Seguridad Social previsto en diversas normas; concretamente se prorroga durante tres meses más el régimen extraordinario de aplazamientos en el pago de cuotas de la Seguridad Social establecido en el artículo 10 RDL 20/2021 (LA LEY 21898/2021).
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