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Derecho internacional privado: el Derecho de la libertad en los tiempos líquidos e hiper veloces de la globalización

Derecho Internacional Privado: el Derecho de la libertad en los tiempos líquidos e hiper veloces de la globalización

Carrascosa González, Javier

LA LEY 3607/2022

El Derecho Internacional Privado es el Derecho de la sociedad global, es el Derecho de todos, personas físicas y jurídicas, porque todos, en el siglo XXI, vivimos en una sociedad hiper veloz, líquida y fuertemente internacionalizada. En esta tercera década del siglo XXI, aparece marcado por un factor clave: la europeización de todo el sistema jurídico; y opera, no como un Derecho neutral, puramente formal y abstracto, sino como un sistema jurídico profundamente comprometido en la defensa de valores constitucionales y europeos.

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Javier Carrascosa González

Catedrático de Derecho Internacional Privado en la Universidad de Murcia

Coordinador de la sección Derecho Internacional Privado de Actualidad Civil

El Derecho Internacional Privado se presenta, en el siglo XXI, como el sector del Derecho que regula las situaciones privadas internacionales en el contexto de la sociedad de la globalización y de la libre circulación de personas y factores productivos. Ya no es «un Derecho de ricos, bohemios y artistas», en famosa expresión de J. Kropholler. Es, por el contrario, el Derecho de la sociedad global, es el Derecho de todos, personas físicas y jurídicas, porque todos, en el siglo XXI, vivimos en una sociedad hiper veloz, líquida y fuertemente internacionalizada.

El mapa político del mundo aparece dividido por unas líneas coloreadas llamadas "fronteras". Sin embargo, la actividad y la vida de las personas no se detiene en esas fronteras. Es más, el mundo del siglo XXI constituye un escenario de relaciones sociales y jurídicas sin obstáculos, perfectamente horizontal, donde las personas, y especialmente los competidores económicos, se mueven cada vez con mayor libertad y velocidad. La Tierra es un planeta esférico, pero es también, al mismo tiempo, una Tierra plana porque las diferencias geográficas, culturales, políticas e históricas, ya no impiden la circulación mundial de las personas y de los factores productivos.

El Derecho Internacional Privado de los tiempos de la globalización adquiere, así, una importancia fundamental en el escenario jurídico de todos los países. La apertura mundial de los mercados, la actividad económica de las empresas a escala mundial, el progreso tecnológico, Internet, la apertura de una quinta fase migratoria, el turismo y la movilidad de las personas jubiladas, la circulación internacional de los estudiantes y voluntarios, la actividad propia de los empleados de las empresas multinacionales, los desequilibrios internacionales de la natalidad y, naturalmente, el amor, son los factores que hacen del Derecho Internacional Privado un sector de máxima relevancia situado en la vanguardia del Derecho Privado en España y en Europa.

El Derecho Internacional Privado de la tercera década del siglo XXI aparece marcado por un factor clave. Se trata de la europeización de todo el sistema jurídico. En efecto, las autoridades de la Unión Europea han tomado en sus manos la antorcha del Derecho Internacional Privado, de modo que las normas más relevantes de ese sector del Derecho son normas de Derecho de la Unión Europea y no normas nacionales de cada Estado miembro. Las novedades, las nuevas regulaciones, los nuevos valores, se encuentran en los reglamentos y demás normativa del Derecho de la Unión Europea. En España, el jurista del siglo XXI es un jurista español y europeo al mismo tiempo.

El Derecho Internacional Privado actual cubre el Derecho de familia internacional y el Derecho de los negocios internacionales. En ambos sectores, se trata de concretar la competencia internacional de los tribunales y autoridades públicas, así como el Derecho aplicable a las situaciones privadas internacionales y la validez extraterritorial de decisiones. Ahora bien, el Derecho Internacional Privado de nuestros tiempos no opera como un Derecho neutral, puramente formal y abstracto, meramente localizador. Es, en verdad, un sistema jurídico profundamente comprometido en la defensa de valores constitucionales y europeos, como el libre desarrollo de la personalidad, el interés superior del menor, la libertad de contratación y la libertad de pactos entre las personas, y la libre circulación de personas, empresas, mercancías, servicios y capitales.

El Derecho Internacional Privado es el Derecho de la libertad. Es el sector jurídico que potencia, defiende e impulsa la libertad de contratar con personas de otras partes del planeta, la libertad de invertir el producto del trabajo y del ahorro en otros países. Es el Derecho de la libertad para cambiar de escenario vital e iniciar una nueva vida. Es el Derecho de la libertad de oportunidades, porque cuando las perspectivas de una persona y de una empresa son perspectivas internacionales, el mundo se hace más grande y las oportunidades para mejorar la vida crecen de modo exponencial. Es el Derecho que permite a las personas mejorar su bienestar a través de la creación de un contexto de vida de dimensión internacional y de un mercado europeo y mundial. Ambos factores contribuyen, sin duda, a crear un mundo lleno de más ocasiones para una vida mejor. Porque un mundo en el que hay más recursos y más bienestar para todos, es un mundo mejor para todos.

El Derecho Internacional Privado es el Derecho que garantiza, asegura y potencia la libertad de circulación por Europa y por el mundo. En efecto, este sector del Derecho crea canales de comunicación entre los diferentes sistemas jurídicos de los distintos países del planeta Tierra. En dicha perspectiva, el Derecho Internacional Privado proporciona una fuerte seguridad jurídica, pues impulsa el reconocimiento internacional de las situaciones jurídicas válidamente creadas en un Estado de modo que puedan ser válidas también en los demás Estados.

Esta sección de Actualidad Civil persigue crear un espacio de difusión del mejor Derecho Internacional Privado en el que tengan cabida las noticias de actualidad, los debates más interesantes sobre las cuestiones más candentes y también los estudios más sugestivos sobre este sector del Derecho. Sed todos bienvenidos al mejor Derecho Internacional Privado español y europeo. Sed todos bienvenidos al Derecho Internacional Privado, al Derecho de la libertad en esta sección de vuestra revista, Actualidad Civil.

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