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Preservación de los establecimientos emblemáticos de Cataluña

Ley 6/2022, de 7 de abril, de modificación de la Ley 9/1993, del patrimonio cultural catalán, para la preservación de los establecimientos emblemáticos (D.O.G.C. de 12 de abril de 2022)

Diario La Ley, Nº 10052, Sección Actualidad Legislativa Comentada, 20 de Abril de 2022, Wolters Kluwer

LA LEY 2962/2022

La Ley 6/2022, de 7 de abril, obliga a los titulares de derechos sobre bienes del patrimonio cultural catalán a comunicar a las administraciones los cambios en la actividad. Los cambios de uso de los bienes culturales de interés local deberán ser autorizados por la administración declarante, ya sea un ayuntamiento o un consejo comarcal.

Normativa comentada
Ir a Norma L 6/2022 de 7 Abr. CA Cataluña (modificación de la Ley 9/1993, del patrimonio cultural catalán, para la preservación de los establecimientos emblemáticos)

El Parlamento de Cataluña ha aprobado la Ley 6/2022, de 7 de abril (LA LEY 7187/2022), que modifica la Ley 9/1993, de 30 de septiembre (LA LEY 171/1994), del patrimonio cultural catalán, con el fin de preservar los establecimientos emblemáticos, que dotan a las poblaciones donde realizan su actividad de un carácter único y distintivo.

El artículo 4 de la Ley 18/2017, de 1 de agosto (LA LEY 12854/2017), de comercio, servicios y ferias, define comercio con valor histórico o establecimiento emblemático como el establecimiento comercial que ha ejercido la actividad comercial, incluida la de carácter artesanal, durante más de cien años en un mismo local o lugar, y que se ha dedicado a la venta de productos artesanales, tradicionales o singulares.

Si bien la referida Ley 9/1993 (LA LEY 171/1994) y otras normas sectoriales ya protegen la parte física de los establecimientos emblemáticos como patrimonio material, mientras no se regule el patrimonio cultural inmaterial catalán es difícil extender esta protección a la actividad que ejercen estos establecimientos, por lo que urgen medidas que preserven este tipo de establecimientos.

En consecuencia, la nueva norma modifica tres artículos de la Ley 9/1993 (LA LEY 171/1994), que tienen por objeto, en primer lugar, obligar a los titulares de derechos sobre bienes del patrimonio cultural catalán a comunicar a las administraciones los cambios en la actividad y tipificar el incumplimiento de esta obligación como falta leve y, en segundo lugar, establecer que los cambios de uso de los bienes culturales de interés local debe autorizarlos la administración declarante, ya sea un ayuntamiento o un consejo comarcal.

Modificaciones legislativas

Ley 9/1993, de 30 de septiembre (LA LEY 171/1994), del patrimonio cultural catalán: se añaden un apartado 3 al artículo 21 y un apartado 2 al artículo 36 y se modifica la letra b) del apartado 2 del artículo 71.

Entrada en vigor

La Ley 6/2022, de 7 de abril (LA LEY 7187/2022), entra en vigor el 13 de abril de 2022, al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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