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El Gobierno actualiza la normativa sobre los títulos profesionales de la marina mercante en buques civiles

  • 13-4-2022 | Agencia Europa Press
  • El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que regulan los títulos profesionales y de competencia de la marina mercante, con el fin de establecer las condiciones esenciales de estos títulos para los miembros de la dotación de los buques civiles españoles.
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Esta normativa establece los requisitos generales para la formación y evaluación de los marinos con titulaciones universitarias y de formación profesional, las condiciones generales para la tramitación de los títulos, los requisitos mínimos de los sistemas de normas de calidad establecidos en su formación y las medidas de inspección y control, así como las responsabilidades que asumen las empresas navieras y los marinos embarcados en los buques mercantes.

Esta nueva norma no afecta a los buques de pesca, a embarcaciones de recreo de uso privado (sin tripulación profesional), buques de guerra, buques auxiliares de la Armada y buques de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, ni a buques de madera de construcción primitiva, según ha informado el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

El objetivo del real decreto es ordenar y adaptar la normativa española a las directivas europeas, actualizando los procedimientos para la expedición de los títulos y tarjetas profesionales de la marina mercante y suprimiendo la posibilidad de obtener una tarjeta profesional mediante el reconocimiento de los títulos académicos extranjeros, con medidas específicas según sean ciudadanos europeos o de terceros países.

Además, quienes ejerzan cargos con nivel de responsabilidad de gestión en buques españoles tendrán que superar un curso sobre legislación marítima española. También establece que la administración marítima reconozca la formación académica impartida por los centros docentes, con el fin de garantizar que la formación y la evaluación son acordes con los títulos y tarjetas profesionales de la marina mercante a expedir.

En cuanto a la evaluación de los alumnos, se amplía el ámbito de aplicación de las normas que regulan las pruebas de idoneidad, tanto de la formación a bordo como de la formación en el empleo en tierra, y se establece la superación de una prueba o realización de cursos de actualización para la revalidación de tarjetas profesionales cuando sea necesario para cumplir las reglas correspondientes del convenio STCW en vigor sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar.

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