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El Govern modifica la ley para realizar una consulta popular sobre los Juegos Olímpicos de invierno

Decreto ley 2/2022, de 15 de marzo, de modificación del artículo 4 de la Ley 10/2014, de 26 de septiembre, de consultas populares no referendarias y otras formas de participación ciudadana (D.O.G.C. de 16 de marzo de 2022)

Diario La Ley, Nº 10033, Sección Actualidad Legislativa Comentada, 21 de Marzo de 2022, Wolters Kluwer

LA LEY 2348/2022

La modificación introducida por el Decreto ley 2/2022, de 15 de marzo, permitirá realizar consultas que afecten a más de un municipio, una comarca o una veguería, y en particular la relativa a una eventual candidatura a los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de invierno 2030 Pirineos-Barcelona.

Normativa comentada
Ir a Norma DL 2/2022 de 15 Mar. CA Cataluña (modificación del artículo 4 de la Ley 10/2014, de 26 Sep., de consultas populares no referendarias y otras formas de participación ciudadana)

El Gobierno de la Generalidad de Cataluña ha aprobado el Decreto ley 2/2022, de 15 de marzo (LA LEY 4469/2022), de modificación de la Ley de consultas populares no referendarias, con el fin de someter a consulta la eventual candidatura para organizar los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de invierno del año 2030 Pirineos-Barcelona.

Hasta ahora la norma exigía que las consultas de ámbito autonómico se proyectasen necesariamente sobre todo el territorio de Cataluña y, las de carácter local, en un ámbito municipal, comarcal o de veguería concretos, lo que dificultaba su realización cuando se trataba de un ámbito de alcance supramunicipal superior al municipio, la comarca o la veguería.

La modificación introducida en la Ley 10/2014, de 26 de septiembre, de consultas populares no referendarias y otras formas de participación ciudadana (LA LEY 14748/2014), permitirá al presidente de la Generalidad o al Gobierno promover consultas que afecten a más de un municipio, una comarca o una veguería, sobre asuntos relacionados con las competencias o los intereses de la Generalidad. En estos casos, la convocatoria corresponderá al presidente de la Generalidad.

Candidatura olímpica 2030 Pirineos-Barcelona

El texto explica la modificación legislativa por la necesidad de disponer de forma perentoria de un marco jurídico que permita llevar a cabo una consulta sobre la eventual candidatura de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de invierno del año 2030 Pirineos-Barcelona, proyecto que a juicio del Govern requiere que las personas más directamente afectadas por su eventual celebración puedan manifestar su voluntad.

La urgencia que justifica el uso de un elemento normativo como el decreto ley radica, en opinión del Gobierno, en que la demora en la realización de la consulta impediría impulsar con plenas garantías una eventual candidatura ante los organismos olímpicos competentes que exigiría un proceso de diálogo y formalización del proyecto imposible de llevar a cabo si la reforma legislativa no se aprobara con carácter urgente.

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