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Certificado COVID digital de la UE: la Comisión adopta un período de aceptación vinculante de nueve meses para los certificados de vacunación (21 diciembre 2021)

Certificado COVID digital de la UE: la Comisión adopta un período de aceptación vinculante de nueve meses para los certificados de vacunación (21 diciembre 2021)

  • 6-1-2022 | Unión Europea
  • La Comisión adoptó el 21 de diciembre de 2021 las normas relativas al Certificado COVID digital de la UE, que establece un período de aceptación vinculante de 9 meses (exactamente 270 días) de los certificados de vacunación para los viajes dentro de la UE.

Un período de aceptación claro y uniforme para los certificados de vacunación garantizará que las medidas de viaje continúen coordinándose, tal como lo solicitó el Consejo Europeo después de su última reunión del 16 de diciembre de 2021. Las nuevas reglas garantizarán que las restricciones se basen en la mejor evidencia científica disponible como así como criterios objetivos. La coordinación continua es esencial para el funcionamiento del mercado único y proporcionará claridad a los ciudadanos de la UE en el ejercicio de su derecho a la libre circulación.

El certificado COVID digital de la UE es una historia de éxito de la UE. El Certificado sigue facilitando un viaje seguro para los ciudadanos de la Unión Europea durante estos tiempos de pandemia. Hasta ahora, se emitieron 807 millones de certificados en la UE. El certificado COVID digital de la UE ha establecido un estándar mundial: ya se han unido al sistema 60 países y territorios de los cinco continentes.

Las nuevas normas para los viajes dentro de la UE armonizan las diferentes normas en los Estados miembros. Este período de validez tiene en cuenta las directrices del Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades, según las cuales se recomiendan dosis de refuerzo a más tardar seis meses después de la finalización del primer ciclo de vacunación. El Certificado seguirá siendo válido por un período de gracia de tres meses adicionales más allá de esos seis meses para garantizar que las campañas nacionales de vacunación puedan ajustarse y los ciudadanos tengan acceso a dosis de refuerzo.

Las nuevas reglas sobre el período de aceptación de los certificados de vacunación se aplican a los viajes. Al introducir diferentes normas para utilizar los certificados a nivel nacional, se anima a los Estados miembros a adaptarlas a estas nuevas normas para proporcionar seguridad a los viajeros y reducir las interrupciones.

Además, hoy la Comisión también ha adaptado las normas para la codificación de certificados de vacunación. Esto es necesario para garantizar que los certificados de vacunación que demuestren la finalización de la serie primaria siempre puedan distinguirse de los certificados de vacunación emitidos después de una dosis de recuerdo.

Los impulsores se registrarán de la siguiente manera:

  • 3/3 para una dosis de refuerzo después de una serie de vacunación primaria de 2 dosis.
  • 2/1 para una dosis de refuerzo después de una vacuna de dosis única o una dosis de una vacuna de 2 dosis administrada a una persona recuperada.

Fondo

Para facilitar la libre circulación segura durante la pandemia COVID-19, el Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron, el 14 de junio de 2021, el Reglamento sobre el Certificado COVID digital de la UE. Cuando se adoptó este Reglamento, aún no se disponía de datos fiables sobre cuánto tiempo estarían protegidas las personas después de la serie primaria de una vacuna COVID-19. Como resultado, los campos de datos que se incluirán en los certificados de vacunación no incluyen datos sobre un período de aceptación, a diferencia de los campos de datos incluidos en los certificados de recuperación. Por tanto, hasta ahora correspondía a los Estados miembros establecer normas sobre durante cuánto tiempo aceptar los certificados de vacunación en el contexto de los viajes.

A medida que se están implementando las dosis de refuerzo de la vacuna COVID-19, recientemente, más y más Estados Miembros han adoptado reglas sobre la duración de los certificados de vacunación que indiquen la finalización de la serie de vacunación primaria. Estos tienen en cuenta que la protección inducida por la vacuna contra la infección por COVID-19 parece estar disminuyendo con el tiempo. Estas reglas se aplican solo a casos de uso doméstico o también al uso de certificados de vacunación con fines de viaje.

El acto delegado es coherente con el enfoque adoptado por la Comisión en su propuesta de nueva Recomendación del Consejo sobre un enfoque coordinado para facilitar la libre circulación segura durante la pandemia de COVID-19, a partir del 25 de noviembre de 2021. Los Estados miembros aceptarán certificados de vacunación durante un período de nueve meses desde la administración de la última dosis de la vacunación primaria. Para una vacuna de dosis única, esto significa 270 días desde la primera y única inyección. Para una vacuna de dos dosis significa 270 días desde la segunda inyección o, en línea con la estrategia de vacunación del Estado miembro de vacunación, la primera y única inyección después de haberse recuperado del virus. Según estas nuevas normas de la UE para viajes dentro de la UE, los Estados miembros deberán aceptar cualquier certificado de vacunación que se haya emitido menos de nueve meses desde la administración de la última dosis de la vacunación primaria. Los Estados miembros no pueden prever un período de aceptación más corto ni más largo.

Los Estados miembros deberán tomar inmediatamente todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la vacunación para aquellos grupos de población cuyos certificados de vacunación emitidos anteriormente se acerquen al límite del período de aceptación estándar. Hasta el momento, no se aplicará un período de aceptación estándar a los certificados emitidos después de la administración de dosis de refuerzo, dado que aún no se dispone de datos suficientes sobre el período de protección.

El período de aceptación no estará codificado en el certificado en sí. En su lugar, se ajustarán las aplicaciones móviles utilizadas para verificar los Certificados COVID digitales de la UE: si la fecha de vacunación es superior a 270 días, la aplicación móvil utilizada para la verificación indicará que el certificado ha caducado.

Para permitir el tiempo suficiente para la implementación técnica del período de aceptación y para las campañas de vacunación de refuerzo de los Estados miembros, estas nuevas reglas deberán aplicarse a partir del 1 de febrero de 2022.

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