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El nuevo Convenio Multilateral afecta a 88 CDI

Instrumento de ratificación del Convenio multilateral (LA LEY 27720/2021) (BOE 22-12-2021)

Diario La Ley, Nº 9979, Sección Actualidad Legislativa Comentada, 28 de Diciembre de 2021, Wolters Kluwer

LA LEY 8798/2021

Se publica en el Boletín Oficial del Estado la ratificación por parte del Estado español de la convención multilateral para implementar medidas que eviten la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios en los Tratados bilaterales en materia tributaria, cuyo impacto se producirá en un buen número de convenios sobre doble imposición a partir de enero de 2022.

  • ÍNDICE

Instrumento de ratificación del Convenio multilateral (LA LEY 27720/2021) para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios, hecho en París el 24 de noviembre de 2016 (BOE 22-12-2021)

Materias afectadas:

  • Impuesto sobre Sociedades.
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
  • Impuesto sobre el Patrimonio.
  • Medidas contra el fraude y la evasión fiscal.

Entrada en vigor:

  • — Con carácter general: 1 de julio de 2018.
  • — Para España: 1 de enero de 2022.

El pasado 28 de septiembre de 2021 España ratificó la convención multilateral para implementar medidas para evitar la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios en los tratados bilaterales en materia tributaria, uniéndose de esta forma a los casi 70 países que ya habían procedido a su ratificación y puesta en vigor y poniendo el colofón a la firma del convenio que tuvo lugar el 7 de junio de 2017, con 76 países suscriptores, aunque también con ausencias significativas como las de Ecuador, Bolivia e incluso Brasil, siendo el caso más notorio el de los Estados Unidos de América, si bien hay que tener en cuenta que ya dispone de normas de carácter unilateral tan estrictas cuando no más que las previstas en el convenio multilateral.

Como dato curioso, siempre según fuentes de la OCDE, la repercusión de este convenio afecta, a fecha de hoy, a más de 650 tratados, previéndose un alcance de hasta 1.200 CDI.

En el caso particular de España, el artículo 2, de los 36 de los que consta el instrumento de ratificación, enumera la relación de convenios bilaterales para evitar la doble imposición y el fraude fiscal suscritos por nuestro país, que quedan afectados de manera expresa por el convenio multilateral. Desde Albania hasta Rumanía, desde los más antiguos firmados en 1966 (Austria y Suiza), hasta los más recientes, suscritos en 2017, con entrada en vigor en 2021: Bielorrusia, Cabo Verde y de nuevo Rumanía.

Previo a dicho artículo, se incluye una declaración sobre el carácter local de las autoridades de Gibraltar, para el caso de que el presente Convenio sea firmado por el Reino Unido y extendido al territorio de Gibraltar, o ratificado por sus autoridades, especificando que Gibraltar es un territorio no autónomo de cuyas relaciones exteriores es responsable el Reino Unido y que está sometido a un proceso de descolonización de acuerdo con las decisiones y resoluciones pertinentes de la Asamblea General de Naciones Unidas.

El resto del articulado del instrumento de ratificación se dedica a la formulación por parte del Reino de España de diferentes reservas, elección respecto a la aplicación de disposiciones de carácter opcional reguladas en el convenio multilateral, así como otras consideraciones.

El instrumento de ratificación da paso al texto del convenio propiamente dicho estructurado en 39 artículos y a continuación las extensas declaraciones y reservas de otros estados y jurisdicciones al convenio multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios.

El convenio entró en vigor con carácter general el 1 de julio de 2018 y entrará en vigor para España el 1 de enero de 2022, de conformidad con lo establecido en su artículo 34.

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