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Tan solo el 16% de las quejas contra la Administración de Justicia, efectuadas por abogados

  • 8-10-2021 | Consejo General de la Abogacía Española
  • Solo el 16% de las 10.761 quejas presentadas en 2021 contra la administración de Justicia las presentaron abogados. Ciudadanos particulares presentaron el 72%.

Estos datos fueron revelados por el magistrado Ricardo Conde Díez, promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial, durante la jornada “La Comisión de Relaciones con la Administración de Justicia y la Abogacía”, celebrada en el Consejo General de la Abogacía.

La mayoría de las quejas (63,65%) eran relativas al funcionamiento de juzgados y tribunales, mientras que solo un 11, 92 % de las quejas se debieron a la disconformidad con una resolución judicial.

“El error de los ciudadanos puede ser tomar la opción de interponer una queja como un recurso adicional, cuando no lo es. Por eso, se rechazan todas las quejas que tienen que ver con resoluciones y cuestiones jurisdiccionales”, señala Conde. De ahí la importancia, a su juicio, de contar con asistencia letrada.

Esas quejas presentadas este año, a fecha del 3 de septiembre de 2021, llevaron a la apertura de 8.200 diligencias informativas. Y se abrieron solo 22 expedientes disciplinarios, en lo que supone la bajada más grande en los últimos cinco años. La mayoría (el 60%) tenían que ver con retrasos, seguidos del trato desconsiderado de la Justicia hacia la ciudadanía.

En cuanto al cargo de la persona de la que se quejan, según la Unidad de Atención Ciudadana, en un 48,36 % de los casos se trata de los funcionarios, por no recibir una atención respetuosa de los mismos, un 14,92 % de los vigilantes de seguridad y tan solo un 8 % de la figura del juez.

Los órganos de los que se reciben más quejas son los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción (33,62%). En cuanto a los no judiciales, en primer lugar está la Administración con competencias en Justicia (34,32%). Tan solo un 8,11 % de las quejas afecta a los Colegios de la Abogacía.

En lo referente a las incoaciones de diligencias informativas, que abren la investigación para juzgar los hechos objeto de investigación delictiva, han bajado en los últimos años. Si en 2018 había 827, en 2021 tan solo ha habido 365. El principal motivo de la apertura de diligencias es la disconformidad con resoluciones judiciales: 135, seguida del retraso, con 117 y recibir un trato desconsiderado, con 51 incoaciones.

Cabe destacar que el tiempo de respuesta entre la incoación y el acuerdo final es de 62 días, cifras similares al 2019, en el que el tiempo previsto era de 68 días.

En 2020 bajaron las quejas, pero este año ya se han recuperado los niveles previos a la pandemia, contó el magistrado.

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Segundo López Izquierdo|13/10/2021 11:04:04
Los abogados somos quienes menos quejas presentamos porque sabemos que, en la práctica, son inútiles en la inmensa mayoría de los casos, pese a la evidencia. De otro lado, no se alcanza a entender que no haya habido una sola queja de la Abogacía Institucional de lo acontecido con la Directiva Comunitaria 1993/13, del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre Cláusulas Abusivas en Contratos con Consumidores, regulación está contenida tanto en la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación, que transpuso la Directiva 1993/13, sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores como en los artículos 80 a 91 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, que hace referencia a cláusula no negociada individualmente en lugar de a cláusula abusiva.: durante VEINTE años nuestros Tribunales no la aplicaron ocasionando, con ello, la ruina de cientos de miles de familias. Lo que en cualquier Nación de nuestro entorno habría sido un escándalo (nótese la similitud, en nuestro caso por la vía de hecho, con lo ocurrido en Polonia recientemente) de proporciones gigantescas en España ha pasado desapercibido, extendiéndose un manto de silencio sobre lo ocurrido y sin que el Poder Judicial haya dado una sola explicación. Añádase a esto lo ocurrido (en el mismo entorno) con la negativa de la Sala Primera, Tribunal Supremo, a que la Banca prestamista tuviese que devolver a los prestatarios los intereses indebidamente cobrados, pese a que se declarase la nulidad, por abusiva, de la cláusula suelo-techo, en abierta ruptura con los efectos de la nulidad del negocio jurídico, Institución del Derecho Romano con una antigüedad de DOS MIL años. Afortunadamente, el TJUE. puso las cosas en su sitio. Si ante algo tan escandalosos, el Poder Judicial no se ha dignado dar explicaciones y el Poder Legislativo también ha callado ¿para qué nos vamos a quejar los Abogados? Y así nos va.Notificar comentario inapropiado
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