Cargando. Por favor, espere

El estado de ánimo de un trabajador se ha tenido en cuenta para eximirle de los insultos y de la agresión a su jefe

El estado de ánimo de un trabajador se ha tenido en cuenta para eximirle de los insultos y de la agresión a su jefe

TSJ Castilla y León, Sala de lo Social, Sentencia 23 Julio 2021

Diario La Ley, Nº 9929, Sección La Sentencia del día, 8 de Octubre de 2021, Wolters Kluwer

LA LEY 6430/2021

Acababa de recibir la noticia de la muerte de un familiar y estaba obcecado cuando su encargado le recriminó la hora de su incorporación al trabajo

  • ÍNDICE

TSJ Castilla y León, Sala de lo Social, Sentencia 23 Jul. 2021. Rec. 1417/2021 (LA LEY 143015/2021)

Los hechos acontecieron así: el trabajador se reincorpora a su puesto tras una pausa y es apercibido por su encargado porque lo había hecho con retraso. Arroja violentamente al suelo una pieza de tocino, ante lo que su encargado le pregunta del porqué de su comportamiento, y el trabajador le increpa, le empuja, le insulta llamándole “hijo de puta, me cago en tu puta madre, me cago en tus muertos”, e intenta llegar a él para agredirle, tirando dos torres de cajas de plástico encima de sus compañeros y sigue en su tentativa de agresión, que no llegó a suceder porque sus compañeros le sujetaron.

Justifica la Sala el actuar del trabajador y considera que no fue merecedor de la sanción de despido en el contexto temporal en el que sucede porque acababa de recibir la noticia del fallecimiento de un familiar y estaba obcecado por esta triste noticia, por lo que su culpabilidad debe entenderse de forma moderada.

Es sabido que, en el ámbito laboral, para que unos hechos sean sancionados como falta muy grave es preciso que concurran los requisitos de gravedad de los hechos y la culpabilidad del trabajador, y deben valorarse todas las circunstancias concurrentes.

Aunque la empresa habla de antecedentes del trabajador, tales antecedentes no constan en la carta despido y no pueden tenerse en cuenta en este concreto contexto. Lo que sí ha quedado probado es que el estado de ánimo del operario estaba alterado por haber recibido instantes antes la noticia del fallecimiento de un familiar y que actuó turbado por esta situación, lo que lleva a la Sala a confirmar la improcedencia del despido disciplinario.

Queremos saber tu opiniónNombreE-mail (no será publicado)ComentarioLA LEY no se hace responsable de las opiniones vertidas en los comentarios. Los comentarios en esta página están moderados, no aparecerán inmediatamente en la página al ser enviados. Evita, por favor, las descalificaciones personales, los comentarios maleducados, los ataques directos o ridiculizaciones personales, o los calificativos insultantes de cualquier tipo, sean dirigidos al autor de la página o a cualquier otro comentarista.
Introduce el código que aparece en la imagencaptcha
Enviar
Scroll