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El Parlamento y el Consejo Europeos alcanzan un acuerdo sobre el Certificado COVID Digital

  • 21-5-2021 | Comisión Europea
  • Este acuerdo se plasmará en un Reglamento de la UE que, según la Comisión, podría estar listo a finales de junio, para entrar en vigor el 1 de julio, con un período de introducción progresiva de seis semanas.

Carlos B Fernández. Los negociadores del Parlamento Europeo y del Consejo han alcanzado un acuerdo para aprobar un certificado que facilite la libre circulación en Europa durante la pandemia, denominado Certificado COVID Digital de la UE (anteriormente «certificado verde digital» o «pasaporte sanitario europeo»).

Este acuerdo se plasmará en un Reglamento de la UE que, según la Comisión, podría estar listo a finales de junio, para entrar en vigor el 1 de julio, con un período de introducción progresiva de seis semanas para la expedición de certificados en aquellos Estados miembros que necesiten más tiempo. El Reglamento, provisionalmente titulado Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a un marco para la expedición, verificación y aceptación de certificados interoperables de vacunación, de test y de recuperación para facilitar la libre circulación durante la pandemia de COVID-19 (certificado verde digital), deberá estar en vigor durante 12 meses

El certificado, que no será una condición previa para ejercer el derecho a la libre circulación ni se considerará un documento de viaje, estará disponible en formato digital o en papel. Dará fe de que una persona ha sido vacunada contra el coronavirus o tiene un resultado negativo reciente en las pruebas o se ha recuperado de la infección. En la práctica, serán tres certificados distintos.

Un marco común de la UE permitirá a los Estados miembros expedir certificados que luego serán aceptados en otros países de la UE.

Principales características

Tras el acuerdo alcanzado por el Parlamento Europeo y el Consejo, el Certificado COVID Digital de la UE:

• Abarcará la vacunación, los tests y la recuperación;

• Estará disponible en formato digital y en papel, dependiendo de la elección de cada persona destinataria, e incluirá un código QR firmado electrónicamente;

• Será gratuito, fácil de obtener y también podrán disponer de él las personas vacunadas antes de la entrada en vigor del Reglamento que lo regule;

• Los Estados miembros también lo podrán utilizar con fines nacionales, en función de sus respectivas legislaciones;

• Los Estados miembros se abstendrán de imponer restricciones adicionales de viaje a las personas titulares de un Certificado COVID Digital de la UE, a menos que dichas restricciones sean necesarias y proporcionadas para salvaguardar la salud pública;

• La Comisión también movilizará 100 millones de euros para proporcionar tests asequibles a los Estados miembros.

Vacunas aceptadas para emitir el certificado

Los Estados miembros deben aceptar los certificados de vacunación emitidos en otros Estados miembros para las personas inoculadas con una vacuna autorizada para su uso en la UE por la Agencia Europea del Medicamento (EMA) (actualmente Pfizer-BioNTech, Moderna, AstraZeneca y Janssen). Corresponderá a los Estados miembros decidir si aceptan también los certificados de vacunación que hayan sido autorizados por otros Estados miembros siguiendo los procedimientos nacionales de autorización o para las vacunas incluidas en la lista de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para uso de emergencia.

Limitación de las restricciones adicionales a los viajes

Los Estados miembros no deben imponer restricciones adicionales a los viajes en respuesta a la pandemia de COVID-19, como la cuarentena, el autoaislamiento o las pruebas, "a menos que sean necesarias y proporcionadas para salvaguardar la salud pública".

Deben tenerse en cuenta las pruebas científicas disponibles, "incluidos los datos epidemiológicos publicados por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC)". Estas medidas deben notificarse a los demás Estados miembros y a la Comisión a más tardar con 48 horas de antelación.

Protección de datos

Los certificados serán verificados para evitar fraudes y falsificaciones, al igual que la autenticidad de los sellos electrónicos incluidos en el documento. Los datos personales obtenidos a partir de los certificados no podrán almacenarse en los Estados miembros de destino y no se establecerá una base de datos central a nivel de la UE. La lista de entidades que tratarán y recibirán los datos será pública para que los ciudadanos puedan ejercer sus derechos de protección de datos conforme al Reglamento General de Protección de Datos (LA LEY 6637/2016).

Apoyo presupuestario para la realización de pruebas asequibles y accesibles

Para que las "pruebas asequibles y accesibles" estén más disponibles, la Comisión Europea se comprometió a movilizar "al menos 100 millones de euros" en el marco del Instrumento de Ayuda de Emergencia para la adquisición de pruebas de detección de la infección por el SRAS-CoV-2 con el fin de expedir certificados de prueba Covid digitales de la UE. Esto debería beneficiar especialmente a las personas que cruzan las fronteras a diario o con frecuencia para ir al trabajo o a la escuela, visitar a familiares cercanos, buscar atención médica o cuidar de sus seres queridos.

Los negociadores han acordado que, en caso necesario, se movilicen fondos adicionales por encima de los 100 millones de euros, previa aprobación de las autoridades presupuestarias.

Próximas etapas

La Comisión ha acogido con satisfacción la conclusión de este acuerdo y ha destacado que seguirá apoyando a los Estados miembros a la hora de ultimar sus soluciones nacionales para la expedición y verificación de los Certificados COVID Digitales de la UE. Además, prestará apoyo técnico y financiero a los Estados miembros para que se integren en la pasarela de internet.

En palabras de la presidenta von der Leyen “El Certificado COVID Digital de la UE es gratuito, seguro y accesible a toda la población. Abarcará la vacunación, los tests y la recuperación, ofreciendo diferentes opciones a la ciudadanía y respetando plenamente sus derechos fundamentales, incluida la protección de los datos personales”.

Por su parte, Juan Fernando López Aguilar, presidente de la Comisión de Libertades Civiles y ponente del acuerdo, ha destacado que "Aunque el acuerdo no satisface plenamente las demandas del PE, sin duda supone una importante mejora del statu quo actual para millones de ciudadanos de la UE. El certificado digital Covid de la UE restablecerá la libre circulación dentro de la UE, ya que los Estados miembros empiezan a eliminar las restricciones a la libre circulación en toda Europa. Este acuerdo es el primer paso para volver a poner en marcha el espacio Schengen".

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