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Es contrario al Derecho comunitario que el seguro del automóvil solo cubra los gastos de remolque del vehículo siniestrado dentro del territorio de un Estado

Es contrario al Derecho comunitario que el seguro del automóvil solo cubra los gastos de remolque del vehículo siniestrado dentro del territorio de un Estado

TJUE, Sala Quinta, Sentencia 20 Mayo 2021

Diario La Ley, Nº 9868, Sección La Sentencia del día, 10 de Junio de 2021, Wolters Kluwer

LA LEY 4315/2021

Sin embargo, el Derecho comunitario no se opone a que el seguro solo cubra los gastos de estacionamiento del vehículo siniestrado si el estacionamiento resulta necesario en el marco de una investigación en un proceso penal o por cualquier otra razón.

  • ÍNDICE

TJUE, Sala Quinta, Sentencia 20 May. 2021. Asunto C-707/2019 (LA LEY 44467/2021)

El propietario de un vehículo siniestrado en un accidente de circulación acaecido en Letonia reclama a la aseguradora del vehículo causante del accidente el reembolso de los gastos de estacionamiento y remolque del mismo hasta el país en el que estaba matriculado (Polonia). La aseguradora se negó a pagar compensación alguna por los gastos de estacionamiento en Letonia y de remolque fuera del territorio letón.

La legislación letona sobre el seguro obligatorio de automóviles cubre los gastos de remolque del vehículo siniestrado desde el lugar del accidente hasta el lugar de residencia de su propietario o del conductor autorizado, o hasta el lugar de reparación de ese vehículo, pero esta obligación solo se aplica cuando el remolque se produce en territorio letón. Además, solo cubre los gastos de estacionamiento del vehículo siniestrado cuando hayan sido necesarios «en el marco de una investigación en un proceso penal o por cualquier otra razón».

En la medida en que tal normativa solo prevé la cobertura de los gastos de remolque en que se haya incurrido en el territorio del Estado letón, de ello se sigue que los gastos de remolque de una persona que se encuentre en una situación como la del litigio de autos quedarán excluidos de la cobertura, al menos parcialmente, en caso de que el vehículo sea remolcado y reparado en el Estado en el que resida. En cambio, en caso de que se produzca un accidente análogo cuya víctima sea una persona que tenga su lugar de residencia en el Estado en el que haya tenido lugar el accidente, esa persona disfrutará por parte de la aseguradora de una cobertura íntegra de los gastos de remolque del vehículo hasta el lugar de su residencia o de la reparación del vehículo situado en ese Estado.

Según reiterada jurisprudencia del TJUE, una disposición nacional que establece una distinción basada en el criterio de la residencia implica el riesgo de producir efectos principalmente en perjuicio de los nacionales de otros Estados, puesto que los no residentes son con mayor frecuencia no nacionales.

Así pues, una normativa como la controvertida en el litigio principal establece una discriminación entre las personas perjudicadas en función de su Estado de residencia.

Al respecto, el TJUE declara que una limitación de la cobertura por el seguro obligatorio de los daños causados por vehículos automóviles no puede justificarse esgrimiendo como único fundamento el Estado de residencia de la persona perjudicada. Así, el hecho de que la residencia de la persona perjudicada se encuentre en un Estado distinto de aquel en el que tuvo lugar el accidente no puede justificar, por sí solo, una diferencia de trato en cuanto a la cobertura del daño por el asegurador, habida cuenta de los objetivos de protección perseguidos por la Directiva 2009/103/CE, de 16 de septiembre de 2009 (LA LEY 17703/2009), relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles.

Por lo que respecta a los gastos de estacionamiento, al establecer que se cubrirán los gastos en que se haya incurrido como consecuencia de un estacionamiento necesario «en el marco de una investigación en un proceso penal o por cualquier otra razón», la normativa letona no establece una distinción entre las personas que tienen su lugar de residencia en Letonia y aquellas que tienen su lugar de residencia en otro Estado. No obstante, corresponde al órgano jurisdiccional que conoce del litigio comprobar si las circunstancias del caso se inscriben en una situación en la que deba considerarse que el estacionamiento del vehículo ha sido «necesario» por «cualquier otra razón», y si es cierto que no existe ninguna diferencia de trato a este respecto en función del lugar de residencia del propietario o del poseedor del vehículo siniestrado.

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