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Servicio de consulta por la Inspección de Trabajo de titularidades reales a través del Registro Mercantil

Resolución de 2 de junio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, para la consulta de la titularidad real de sociedades mercantiles a través del Registro Mercantil (BOE 7 junio)

Diario La Ley, Nº 9868, Sección Actualidad Legislativa Comentada, 10 de Junio de 2021, Wolters Kluwer

LA LEY 4639/2021

El Colegio de Registradores ha desarrollado un servicio web que permite la comunicación de las aplicaciones de gestión del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social con los Registros Mercantiles para, a través del mismo, acceder de forma centralizada a la consulta de titularidades reales. También se ha desarrollado como alternativa un portal web para, de forma más sencilla e individualizada, formular las indicadas consultas.

Normativa comentada
Ir a Norma R Trabajo 2 Jun. 2021 (Convenio Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles, consulta titularidad real de sociedades mercantiles a través del Registro Mercantil)

El Convenio (LA LEY 12738/2021) define las condiciones de acceso y características técnicas del servicio a través del cual el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social accederá a la consulta sobre la titularidad real de entidades inscritas en los registros mercantiles por medio de dos sistemas alternativos ofrecidos por el Colegio de Registradores:

Servicio Web: la consulta y recepción de la información resultante se realiza a través de las aplicaciones de gestión propias de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social mediante servicios web automatizados y será responsable de acometer todas aquellas adaptaciones y desarrollos necesarios, en sus sistemas y equipos, para conectarse al servicio en las condiciones definidas por el Colegio de registradores a los efectos de garantizar el correcto funcionamiento del servicio y la seguridad de las comunicaciones.

Portal de Titularidades Reales: los funcionarios o personal laboral al servicio de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social podrán cursar consultas individuales a través de un portal web previa identificación mediante un certificado digital reconocido por el CORPME en cuyos atributos conste identificada la administración firmante del presente Convenio.

Tipos de consultas.

Sin perjuicio de otras consultas que puedan ser programadas en el futuro, el servicio de consulta de titularidades reales permitirá a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social realizar tres tipos de consultas, articuladas mediante la invocación de tres servicios distintos:

Servicio solicitud información. Titulares reales de una sociedad.

Mediante la introducción del NIF de una sociedad mercantil facilitado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, e indicando el año al que se circunscribe la consulta, el servicio devolverá la información de los titulares reales que conste en el registro mercantil competente en el indicado ejercicio. El usuario puede configurar la consulta para que, en el caso de que el titular real con un porcentaje superior al 25 %, tenga una participación indirecta, se devuelva la información de las sociedades intervinientes en la cadena de control, en caso de que esta se haya solicitado.

En caso de no constar información sobre los titulares reales presentada en el ejercicio consultado, el servicio devolverá la última información que figure presentada en ejercicios anteriores.

Servicio solicitud información. Sociedades de las que una persona física es titular real.

Dado un NIF de un posible titular real, se informa de en qué sociedades es titular real, ya sea como un titular real con participación superior al 25 % o como titular real asimilado.

Servicio solicitud información. Sociedades de las que una sociedad se encuentra en la cadena de control de un titular real.

Dado el NIF de una sociedad, se informa de las sociedades en las que aparece como sociedad interviniente en la cadena de control de un titular real.

La información mostrada por cada uno de los tres servicios será la información coherente que exista depositada en el Registro Mercantil en el momento de realizar la consulta en función de los datos declarados por la sociedad en su última presentación de cuentas anuales o, en su caso, actualizada en un momento posterior mediante la presentación de una nueva declaración.

Sin perjuicio de lo anterior, el Registro Mercantil podrá complementar la información procedente del depósito de cuentas con otra información obrante en el mismo Registro Mercantil, siempre que en la información mostrada se distinga claramente el origen de una y otra información.

Política de Privacidad.

Los funcionarios y personal laboral al servicio de la Administración que utilicen los servicios del Colegio de Registradores descritos en el presente Convenio, deberán observar las condiciones de uso del portal y ser informados por la Administración de la Política de Privacidad del Colegio de Registradores sobre el tratamiento de sus datos. Esta información estará disponible en el acceso a los servicios.

Vigencia y eficacia del Convenio.

El presente Convenio tendrá una duración de cuatro años a partir del momento en que adquiera eficacia, prorrogándose por un periodo de otros cuatro, previo acuerdo de las partes.

El Convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes, y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

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