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ASNEF presenta el «Protocolo de Transparencia del Crédito Revolving» para reforzar la información en la contratación de este producto financiero

ASNEF presenta el «Protocolo de Transparencia del Crédito Revolving» para reforzar la información en la contratación de este producto financiero

  • 26-5-2021 | Wolters Kluwer
  • El crédito revolving, con o sin tarjeta asociada, representa en España el 56 por ciento de la financiación al consumo. El Protocolo, presentado ayer, está abierto a aquellas entidades asociadas a ASNEF que libremente decidan adherirse.

La Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF) ha presentado a los medios de comunicación y a la opinión pública el llamado «Protocolo de Transparencia del Crédito Revolving», documento dirigido a reforzar la transparencia en la contratación de este producto financiero, incrementando el nivel de información que recibe el usuario de modo que este, previamente a la contratación, pueda tomar una decisión libre, consciente e informada.

El Protocolo de Transparencia del Crédito Revolving ha sido elaborado por Francisco Javier Orduña, catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Valencia y exmagistrado de la Sala Primera del Tribunal Supremo. El profesor Orduña es considerado un referente en materia de transparencia.

Según Ignacio Pla, Secretario General de ASNEF, «mediante este Protocolo, al que se adherirán voluntariamente aquellas entidades asociadas que ofrecen este producto, nuestra Asociación ha querido contribuir, junto con la Orden Revolving ETD 699/2020 a extender la transparencia para los usuarios del mismo, dando respuesta a la evolución de la sociedad y del mercado».

El objetivo es hacer compatible el refuerzo de la información y los derechos de los usuarios que lo contratan, con el reconocimiento del Crédito Revolving, con o sin tarjeta asociada, es, según Ignacio Pla, «un servicio financiero muy demandado y extendido en la Sociedad española. Así, en 2020, el 56 por ciento de la financiación concedida por las entidades miembros de ASNEF, que representa un importe de 21.000 millones de euros, estaba asociado al crédito revolving. Además, forma parte de los 37,1 millones de tarjetas de crédito que actualmente están en circulación».

Una nueva forma de comunicar e interactuar con el usuario

El Protocolo de Transparencia se define como una nueva forma de conectar con el cliente del Crédito Revolving desde el inicio de cada operación y en todas sus fases. Las entidades asociadas a ASNEF pondrán a disposición del consumidor «desde el inicio de la oferta y de forma gratuita», el Protocolo de Transparencia y el resto de documentación análoga. A través del mismo, el cliente podrá acceder a toda la información de la entidad, así como al simulador del Banco de España que ayudará a visualizar y poder valorar el coste del crédito solicitado. Asimismo, se pondrá a su disposición «un espacio en la web para contribuir a la educación financiera y a resolver posibles dudas sobre el producto».

¿Qué es el crédito revolving?, ¿cómo funciona?

El Protocolo pretende explicar de manera clara y concisa qué es este tipo de crédito, en qué se diferencia de otros productos financieros y cuáles son sus aplicaciones más comunes. Además, alerta de que sus tipos de interés medios son superiores al tipo medio de los créditos al consumo, y recomienda a la entidad de financiación que facilite una comparativa de los costes de otras posibles vías de financiación, para que el usuario pueda valorar estas opciones.

A continuación, el documento describe el funcionamiento del Crédito Revolving y resalta especialmente el riesgo de una prolongación excesiva. Contiene asimismo una explicación detallada de cómo se conceden los Créditos Revolving y alerta al consumidor de la necesidad de conocer el Tipo de Interés Nominal (TIN) y la Tasa Anual Equivalente (TAE) para evaluar el coste exacto de la operación crediticia.

Derechos básicos del usuario

Por último, el Protocolo desarrolla el contenido de los derechos básicos del titular de este tipo de operaciones, así como las obligaciones contraídas.

Entre los primeros se incluyen, entre otros: Derecho a recibir una información precontractual transparente; derecho a desistir del contrato celebrado; derecho a renovar el crédito o a cancelarlo en cualquier momento; derecho a que la entidad respete el plazo concedido y el programa previsto del pago de cuotas; derecho al reembolso total o parcial anticipado ; derecho a recibir información periódica de seguimiento; y derecho a que se respeten las condiciones del crédito, si la entidad lo cede a otra.

El texto del Protocolo, así como las entidades adheridas al Protocolo de Transparencia pueden consultarse en este enlace. La grabación íntegra de la presentación puedes consultarla aquí.

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