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La abogacía defiende que las situación de maternidad o paternidad sean causa de suspensión de juicio y de desconexión digital de los profesionales

La abogacía defiende que las situación de maternidad o paternidad sean causa de suspensión de juicio y de desconexión digital de los profesionales

  • 14-5-2021 | Consejo General de la Abogacía Española
  • Representantes del Consejo General de la Abogacía Española mantuvieron ayer una nueva reunión con el Ministerio de Justicia, así como con representantes de la Procura y de Graduados Sociales, donde se le volvieron a trasladar las reivindicaciones que desde hace años viene realizando nuestro colectivo a los distintos gobiernos en materia de conciliación personal, familiar y laboral.

El Consejo General de la Abogacía cree que es oportuno reconocer el trabajo realizado durante los últimos años tanto desde el Ministerio como desde el conjunto de operadores jurídicos en pos de un avance real en este terreno.

Consideramos que el hecho de que ahora se nos anuncie por primera vez que se va a legislar sobre algunos de los aspectos en los que llevamos años trabajando y reivindicando, como la desconexión digital durante los periodos inhábiles, la inhabilitación de agosto y una semana durante la Navidad, o la suspensión de juicios por motivos de gravedad como fallecimientos y enfermedad grave, es en gran parte consecuencia de esa labor realizada durante todo este tiempo.

No obstante, la Abogacía no entendería que, anunciándose por parte del Ministerio de Justicia las aludidas reformas legislativas en orden a permitir la conciliación a los profesionales jurídicos, quede sin recoger entre las causas de suspensión y desconexión digital el parto, el nacimiento, la adopción y aquellos supuestos en los que la Ley de Seguridad Social reconoce la situación de baja, absolutamente incompatible con la intervención en cualquier actuación procesal.

Las bajas por maternidad/paternidad no afectarían en absoluto al buen devenir de los procedimientos, de la misma manera que la desconexión digital de agosto se viene realizando desde hace años sin que ello impida la realización de trámites urgentes en procesos penales.

Tampoco la extensión del periodo de inhabilidad durante la navidad los días que median entre el 23 de diciembre y el 6 de enero afectaría al funcionamiento de la Justicia, ya de por sí ralentizado. Es más, otros países de nuestro entorno recogen dicho periodo en sus legislaciones como "vacaciones judiciales", sin perjuicio para el buen funcionamiento del servicio.

La abogacía siempre ha antepuesto y antepondrá los intereses de los justiciables por encima de los propios, habiendo sido siempre el principal valedor del principio de tutela judicial efectiva.

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