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Si un trabajador firma que está al corriente de pago de sus nóminas puede reclamar después por las horas extras

Si un trabajador firma que está al corriente de pago de sus nóminas puede reclamar después por las horas extras

TSJ Cantabria, Sala de lo Social, Sentencia 11 Febrero 2021

Diario La Ley, Nº 9844, Sección La Sentencia del día, 6 de Mayo de 2021, Wolters Kluwer

LA LEY 3148/2021

Una cosa no excluye la otra. El documento de finiquito solo tiene valor liberatorio sobre los conceptos retributivos que específicamente se contemplan en él.

  • ÍNDICE

TSJ Cantabria, Sala de lo Social, Sentencia 102/2021, 11 Feb. Rec. 788/2020 (LA LEY 10195/2021)

Se confirma en este asunto la estimación de la demanda presentada por un trabajador que reclamó horas extraordinarias después de que hubiera firmado con la empresa un documento de saldo y finiquito en el que dice que se encuentra al corriente de pago. Efectivamente el documento se refería a las nóminas, pero nada ponía sobre las horas extra.

Para que el documento de saldo y finiquito tenga efecto liberatorio es necesario que ponga de manifiesto una voluntad clara e inequívoca del trabajador y, sobre todo, referida a conceptos concretos de la relación laboral. Por tanto, no valen declaraciones genéricas de renuncia que comprendan derechos que no tengan relación con el objeto de la controversia.

Partiendo de esta reiterada doctrina del Supremo, en el caso, carece del efecto liberatorio que se pretende por la empresa el documento en cuestión porque en él solo se rubrica estar al corriente del pago de sus nóminas, sin referencia alguna a las horas extraordinarias.

Además, tampoco cabe invocar la doctrina de los actos propios precisamente porque es indispensable su carácter concluyente e indubitado y con plena significación inequívoca, y de forma que entre la conducta anterior y la pretensión exista una incompatibilidad o contradicción, lo que no se da en el presente supuesto.

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David |04/01/2023 19:24:12
Buenas, a mi la empresa me manda un documento de que estoy al corriente de pago por la nómina abonada, pero no me han pagado las horas extras. Mi pregunta es si yo firmo eso la empresa está exenta de pagarme las horas extras que me debe del mes de diciembre?. Un saludo y gracias.Notificar comentario inapropiado
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