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El Consejo de la UE adopta una Directiva para garantizar la seguridad de los viajes con transbordadores en Europa (25 abril 2023)

El Consejo de la UE adopta una Directiva para garantizar la seguridad de los viajes con transbordadores en Europa (25 abril 2023)

  • 8-5-2023 | Unión Europea
  • El Consejo ha adoptado el 25 de abril de 2023 una nueva Directiva para mejorar las prescripciones de estabilidad aplicables a los denominados buques de pasaje de transbordo rodado, conocidos como transbordadores. La nueva Directiva desempeñará un papel importante a la hora de garantizar la seguridad de estos buques y sus pasajeros en la UE, de conformidad con las nuevas normas internacionales en la materia.
Portada

Antecedentes

En el marco del Programa de Adecuación y Eficacia de la Reglamentación (REFIT) y del Programa de Mejora de la Legislación, y tal y como se anunció en el Libro Blanco sobre el transporte de 2011, la Comisión presentó una propuesta legislativa para modificar la Directiva 2003/25/CE (LA LEY 5416/2003) en lo que respecta a la inclusión de prescripciones de estabilidad mejoradas aplicables a los buques de pasaje de transbordo rodado y su armonización con las prescripciones de estabilidad definidas por la Organización Marítima Internacional (OMI) el 18 de febrero de 2022.

Tras las negociaciones interinstitucionales, los dos colegisladores alcanzaron un acuerdo político provisional sobre el expediente el 6 de diciembre de 2022.

Los buques de pasaje de transbordo rodado aseguran numerosas conexiones marítimas dentro de los Estados miembros, entre ellos y con terceros países. Revisten, por tanto, una enorme importancia para la movilidad de los pasajeros y las mercancías en Europa. La propuesta de revisión de la Directiva vigente tiene su origen en accidentes marítimos, como el hundimiento del Estonia en 1994.

Objetivos de la Directiva revisada

La Directiva revisada garantiza en todo lo posible la coherencia con las normas internacionales vigentes sobre estabilidad de buques de pasaje con avería, actualizadas recientemente por la Organización Marítima Internacional (OMI) en virtud del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (Convenio SOLAS 2020).

La OMI ha introducido recientemente un nuevo régimen de evaluación de la flotabilidad de los buques de pasaje de transbordo rodado con avería y nuevos requisitos conexos. No obstante, estas nuevas normas internacionales no se ajustan plenamente a los requisitos ya vigentes en la Unión aplicables a los nuevos buques de pequeño tamaño. Por tanto, la nueva normativa mantiene un nivel de requisitos de seguridad equivalente al de la normativa vigente en la Unión para dichos buques.

La Directiva revisada tiene por objeto asimismo reforzar los requisitos aplicables a la entrada en la Unión de los buques de gran tamaño ya existentes que no hayan sido certificados aún en la UE. El texto de la nueva Directiva mantiene el objetivo general de la propuesta inicial de la Comisión, a excepción de la ampliación del plazo de transposición de 12 a 18 meses.

Actuaciones futuras

La nueva Directiva se publicará en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor a los 20 días de su publicación. Los Estados miembros dispondrán de 18 meses para incorporar las disposiciones de la Directiva a su legislación nacional.

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