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La prueba de evaluación para la acreditación de la capacitación profesional para el acceso a la profesión de la Abogacía tendrá lugar el próximo 23 de junio

La prueba de evaluación para la acreditación de la capacitación profesional para el acceso a la profesión de la Abogacía tendrá lugar el próximo 23 de junio

  • 26-5-2023 | LA LEY
  • La Orden PCM/270/2023, de 21 de marzo, por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la abogacía para el año 2023, fijó la fecha de la convocatoria para el próximo 23 de junio.
Portada

La convocatoria, que no contiene limitación alguna en el número de plazas, está dirigida a comprobar la formación suficiente para el ejercicio de la profesión, el conocimiento de las respectivas normas deontológicas y profesionales, así como, en particular, la adquisición de las competencias previstas en los cursos de formación impartidos por Universidades o Escuelas de práctica jurídica debidamente acreditadas.

Requisitos de los candidatos.

1. Podrán concurrir a la prueba de evaluación quienes reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del título de Licenciado/a en Derecho, Grado en Derecho o de otro título universitario de Grado equivalente que reúna los requisitos establecidos en el artículo 3 del Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre (LA LEY 10470/2006), aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio (LA LEY 12589/2011) o, en su caso, de las certificaciones sustitutorias;

b) Haber superado los cursos de formación comprensivos del conjunto de competencias necesarias para el ejercicio de la profesión de la Abogacía, y el período de prácticas externas tuteladas, acreditados conjuntamente por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Universidades, e inscritos en el Registro Administrativo del Ministerio de Justicia establecido al efecto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 775/2011, de 3 de junio (LA LEY 12589/2011). Las personas aspirantes deberán cumplir este requisito a la fecha en que se realice la prueba, y

c) Ser mayor de edad y no estar inhabilitado para el ejercicio de la profesión de la Abogacía. Las personas aspirantes deberán cumplir este requisito a la fecha en la que se realice la prueba.

Programa de materias

A. Materias comunes al ejercicio de la profesión de la Abogacía

A.1 Deontología profesional, organización y ejercicio de la profesión de la Abogacía

A.2 Cuestiones generales de la asistencia letrada y del proceso

B. Materias específicas

B.1 Materia civil y mercantil

B.2 Materia penal

B.3 Materia administrativa y contencioso-administrativa

B.4 Materia laboral

Desarrollo de la prueba

La prueba será única para todo el territorio nacional y gratuita para los candidatos, que podrán realizarla, a su libre elección, en castellano o en la lengua cooficial autonómica.

La evaluación consistirá en una prueba escrita objetiva de contenido teórico-práctico con contestaciones o respuestas múltiples, cuyo contenido se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de publicación de la presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor, y tendrá una duración de tres horas.

Su contenido se fijará por el Ministerio de Justicia y su finalidad es medir los conocimientos teórico-prácticos de los participantes acerca del ejercicio de la profesión de la Abogacía, así como el conocimiento de las normas deontológicas y profesionales. A tal objeto, esta prueba tendrá como base el programa orientativo de materias que se contiene en el anexo de la presente convocatoria (Vid al final).

La prueba se celebrará de forma on line de manera simultánea con cualquier dispositivo con acceso a internet, a través de la plataforma AVEX de la UNED, y se iniciará a las 9:00 hora peninsular en un único llamamiento.

Los dispositivos estarán dotados de webcam y durante la celebración de la prueba se podrán tomar de modo aleatorio una o más imágenes sin utilizar técnicas de reconocimiento facial. Estas imágenes se emplearán únicamente para comprobar que las personas aspirantes durante la celebración de la prueba no se valen de medios no permitidos para la realización del examen. La webcam deberá estar activa el día de la celebración de la prueba y durante todo el tiempo que permanezcan conectados a la plataforma para la realización del examen.

El aspirante podrá acceder a la plataforma desde veinte minutos antes de la hora señalada para el comienzo de la prueba de acceso.

- Primera parte de la prueba

Las personas aspirantes tras acceder a la plataforma pulsarán sobre el texto «primera parte de la prueba», a continuación, deberán esperar a que se habilite a la hora prevista, el botón «aceptar e iniciar examen» y tras pulsar este, se iniciará la primera parte de la prueba o parte común, consistente en 50 preguntas más 6 preguntas de reserva (cada pregunta con cuatro respuestas alternativas de las que solo una es la correcta), sobre las materias que figuran en el apartado A «Materias comunes al ejercicio de la profesión de la Abogacía» del anexo de la presente convocatoria.

Las preguntas y las respuestas aparecerán de una en una de manera aleatoria y se permitirá avanzar, retroceder y corregir las respuestas. Para las respuestas de este bloque de preguntas las personas aspirantes dispondrán de dos horas. Las preguntas de reserva serán las seis últimas (de la 51 a la 56), y estarán debidamente identificadas.

Así, a las 11:00 horas, la primera parte de la prueba finalizará automáticamente, conservándose todas las respuestas introducidas hasta entonces y la primera parte de la prueba de acceso habrá finalizado, salvo para aquellas personas aspirantes a las que se les haya reconocido ampliación del tiempo para la celebración de la prueba en atención a su grado de discapacidad.

Las personas aspirantes podrán terminar la primera parte del examen, en cualquier momento, pulsando el recuadro «Finalizar examen» y, en su caso, el botón «Terminar».

- Segunda parte de la prueba

A continuación, las personas aspirantes, sin salir de la plataforma, pulsarán sobre el texto «segunda parte de la prueba», y deberán esperar a que se habilite a la hora prevista el botón «aceptar e iniciar examen» y tras pulsar este, se iniciará la segunda parte de la prueba o parte específica.

Esta consistirá en veinticinco preguntas más dos preguntas de reserva, correspondientes a la especialidad elegida, cada una con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una es la correcta, sobre las materias que figuran en el apartado B «Materias específicas» del anexo de la presente convocatoria.

Las personas aspirantes que hayan optado por la materia civil y mercantil deberán seleccionar, entre los exámenes que se les presenten, el que corresponda al derecho foral por ellos elegido. Para estos exámenes la pregunta número 25 será distinta en función de la elección efectuada.

Las preguntas y las respuestas aparecerán de una en una, de manera aleatoria y se permitirá avanzar, retroceder y corregir las respuestas. Para responder a este bloque de preguntas las personas aspirantes dispondrán de una hora. Las preguntas de reserva serán las dos últimas (números 26 y 27), y estarán debidamente identificadas.

Las personas aspirantes podrán terminar la segunda parte del examen, en cualquier momento, pulsando el recuadro «Finalizar examen» y, en su caso, el botón «Terminar».

Una hora después del comienzo de esta segunda parte del examen, se cerrará la plataforma y la prueba de acceso habrá finalizado, salvo para aquellas personas aspirantes a las que se les haya reconocido ampliación del tiempo para la celebración de la prueba en atención a su grado de discapacidad.

- Problemas de conexión

En el supuesto de que se produzca alguna incidencia de tipo técnico que afecte de manera general a todas las personas aspirantes y que les impida el acceso a la plataforma, como una caída del sistema o de la red de transmisión de datos, la Comisión Evaluadora, después de escuchar el criterio de los técnicos responsables de la plataforma acerca de la naturaleza de la incidencia y de su alcance, podrá adoptar las decisiones que considere procedentes teniendo en cuenta el interés de las personas aspirantes, incluyendo las de ampliar el tiempo para la realización de la prueba, repetir la prueba en otro momento o dar la misma por finalizada, en cuyo caso, se puntuará el examen en función de las preguntas contestadas hasta ese momento.

Si el aspirante abandona la plataforma por razones personales o exclusivamente atribuibles a su dispositivo, se guardarán las preguntas contestadas hasta entonces por un tiempo de quince minutos durante el cual podrá retomar el examen, repitiendo los pasos de entrada, en cualquier momento y a través de cualquier dispositivo electrónico con acceso a internet y dotado de webcam. Transcurrido ese plazo, el acceso al examen quedará cerrado y se calificará con las preguntas respondidas hasta entonces.

Resultados y calificación

- Resultado de la prueba

A partir del primer día hábil siguiente a la realización de la prueba, el aspirante podrá acceder a la plataforma AVEX de la UNED con su clave de acceso para descargar la plantilla de las preguntas y contenido del examen. Ese mismo día se harán públicas las plantillas provisionales de las respuestas correctas, mediante su publicación en el portal web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es) apartado «Empleo Público y acceso a profesiones-Acceso a la profesión de Abogados».

Una vez publicadas las plantillas provisionales, los interesados, en un plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación, podrán presentar las impugnaciones que estimen pertinentes, respecto a la formulación de las preguntas y de las correspondientes respuestas correctas.

- Valoración de la prueba

La prueba se valorará, siguiendo la plantilla definitiva de respuestas, de la siguiente forma:

– Se obtendrá un punto por cada respuesta correcta y se descontará una tercera parte del valor de una respuesta correcta por cada respuesta incorrecta. Las preguntas no contestadas no serán tomadas en consideración. La calificación de cada apartado se obtendrá mediante la suma de las puntuaciones obtenidas por las respuestas correctas deduciéndose las incorrectas.

– El apartado A se valorará sobre una escala de 0 a 50 puntos, aportando dos terceras partes de la calificación final del examen. Si tras el periodo de impugnación resultase en este apartado un número de preguntas inferior a 50, la calificación del Apartado A se obtendrá extrapolando el valor calculado, de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior, a una escala de 50 puntos.

– El apartado B se valorará sobre una escala de 0 a 25 puntos, aportando una tercera parte de la calificación final del examen. Si tras el periodo de impugnación resultase en este apartado un número de preguntas inferior a 25, la calificación del apartado B se obtendrá extrapolando el valor calculado, de conformidad con lo establecido en el primer párrafo, a una escala de 25 puntos.

La calificación final del examen resultará de la suma de las calificaciones obtenidas en los apartados A y B.

- Calificación de la evaluación

La nota final de la evaluación será de apto o no apto. Para obtener la calificación de apto será necesario obtener una nota igual o superior al 50 % de la media ponderada de ambas calificaciones en base 10, esto es, 5 puntos.

Comisión Evaluadora

La Comisión y sus suplentes será designada por resolución conjunta de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia y de la Secretaría General de Universidades, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

La composición de la Comisión Evaluadora única será la siguiente:

a) Una persona en representación del Ministerio de Justicia, funcionario de carrera de especialidad jurídica perteneciente a alguno de los Cuerpos integrados en el grupo A, subgrupo A1, de la Administración General del Estado.

b) Una persona en representación del Ministerio de Universidades, funcionario de carrera de especialidad jurídica perteneciente a alguno de los Cuerpos integrados en el grupo A, subgrupo A1, de la Administración General del Estado.

c) Una persona en representación de la Administración Autonómica, a propuesta de la Comunidad de Madrid como sede única de la Comisión Evaluadora de la prueba de evaluación.

d) Una persona en representación de la Abogacía con más de cinco años de ejercicio profesional, propuesto por el Consejo General de la Abogacía Española.

e) Una persona designada por el Consejo de Universidades, entre el personal docente de las distintas disciplinas jurídicas con vinculación permanente con una Universidad.

f) Una persona en representación del Consejo General del Poder Judicial.

Expedición del título profesional de la Abogacía

El Ministerio de Justicia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.3 de la Ley 34/2006, de 30 de octubre (LA LEY 10470/2006), pondrá a disposición, por medios electrónicos, los títulos profesionales de la Abogacía de todas las personas aspirantes que, habiendo resultado aptas y de las cuales se haya acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en esta convocatoria, hayan efectuado esa elección en su solicitud de inscripción.

Los títulos profesionales de la Abogacía de aquellas personas aspirantes que hayan resultado aptas y de las cuales se haya acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en esta convocatoria y hayan solicitado la expedición de su título por las Comunidades Autónomas de Andalucía o Cataluña, serán expedidos por los órganos competentes de dichas Comunidades Autónomas.

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