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El Congreso aprueba que empresas morosas puedan acceder a subvenciones con cargo a los fondos europeos

  • 12-5-2023 | Agencia Europa Press
  • La Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha aprobado una modificación legislativa para permitir dar subvenciones por más de 30.000 euros con cargo a los fondos europeos a aquellas empresas que cuenten con ciertos niveles de morosidad. Si a los seis meses de recibir la subvención la empresa no está al corriente de pago, tendrá que devolver la ayuda de forma íntegra.
Normativa aplicada
Ir a Norma L 18/2022 de 28 Sep. (creación y crecimiento de empresas)
Ir a Norma L 38/2003 de 17 Nov. (general de subvenciones)
Portada

En el marco de la tramitación del proyecto de ley para la creación de la Autoridad del Cliente Financiero, el Gobierno ha conseguido introducir esta modificación legislativa tras negociar con varios grupos parlamentarios una enmienda transaccional que modifica la Ley de Subvenciones.

Entre otros grupos, la enmienda, a la que ha accedido Europa Press, cuenta con la rúbrica del PSOE, Unidas Podemos, Ciudadanos, ERC, el PDeCAT.

En concreto, se trata de una nueva disposición que modifica la Ley 38/2003 General de Subvenciones (LA LEY 1730/2003) para permitir a empresas emprendedoras acogerse a las ayudas desplegadas en el marco del último decreto anticrisis, aprobado en diciembre de 2022.

De este modo, las empresas inmersas en una situación de morosidad no pueden ser beneficiarias de subvenciones por importe superior a 30.000 euros. Sin embargo, aquellas que soliciten las ayudas con cargo al último decreto para paliar los efectos de la guerra en Ucrania y el incremento del precio del gas, sí podrán obtener la condición de beneficiario "sin cumplir los requisitos establecidos".

AFECTARÁ A LAS SUBVENCIONES PENDIENTES DE RESOLUCIÓN

Eso sí, dichos requisitos establecidos, que pasan por estar al corriente de pago, serán exigibles a los seis meses desde el cobro efectivo de la subvención y su incumplimiento en dicho plazo constituirá causa de reintegro total de la subvención.

La modificación introducida este jueves será de aplicación a los procedimientos de concesión de subvenciones públicas iniciados antes de su entrada en vigor y pendientes de resolución, sin necesidad de cambiar las correspondientes bases reguladoras de la concesión.

Este cambio ya se intentó introducir en la conocida como Ley Crea y Crece (LA LEY 20692/2022), aprobada el año pasado. En aquella ocasión no pudo ser, pero tras haber recibido el visto bueno este jueves, la modificación legislativa ya ha sido incluida en el Dictamen de la Comisión, que será sometido a votación en el Pleno de la semana que viene.

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LSR|16/05/2023 1:06:22
Obviamente, va de suyo, que una parte de la subvención se destinará al pago de las deudas publicas con lo que cabe plantearse que aplicación deba darse en tales casos al art 308 del c.penal, por desvío de una parte de la financiación publica depositada en la cuenta especial destinada a ello.Notificar comentario inapropiado
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