La LO 2/2019, de 1 de marzo (LA LEY 2725/2019), introdujo en nuestro ordenamiento jurídico, de manera autónoma, y dentro del Capítulo IV del Código Penal dedicado a los delitos contra la seguridad Vial, el delito de abandono del lugar del accidente, al considerar que esta conducta es diferente e independiente, además de dolosa, de la conducta previa, ya sea imprudente o fortuita, causante del accidente.
Amaya Merchán González, en su trabajo «El “delito de huida” o “delito de abandono del lugar del accidente”. Análisis del art. 382 bis del Código Penal (LA LEY 3996/1995)», al que puede acceder en este enlace, lleva a cabo, a través de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, un profundo análisis de los aspectos más significativos del delito de huida o de abandono de lugar del accidente.
En el último número publicado de Tráfico y Seguridad Vial, podrá encontrar además los siguientes contenidos:
Editorial
- • La movilidad en ciudades de quince minutos, Antonio Martínez Nieto
Doctrina
Jurisprudencia comentada
- • La culpa exclusiva de la víctima como excepción a la responsabilidad por riesgo en los accidentes de circulación (Análisis de la STS Sala 1ª, Sección 1ª, núm. 60/2023 de 23 de enero), Juan José Hurtado Yelo
Cuestiones prácticas
- • Efectos para la aseguradora de la interrupción de la prescripción de la acción civil por reclamación al causante del siniestro, Juan José Hurtado Yelo
- • Novedades en materia de accidentes de circulación en la LO 11/2022 (LA LEY 19724/2022), Juan José Hurtado Yelo
Transporte
Crónica de tribunales
- • Recopilación de las últimas novedades jurisprudenciales que se producen en la materia
Novedades normativas
- • Recopilación de las últimas novedades legislativas que se producen en la materia
Actualidad
- • Selección de las noticias más destacadas que se han producido en el último mes
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