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Estado de Derecho: la multa coercitiva diaria impuesta a Polonia se reduce de un millón a 500.000 euros

  • 26-4-2023 | Tribunal de Justicia de la Unión Europea
  • En un Auto del Vicepresidente del Tribunal de Justicia se estima que las medidas que Polonia adoptó con posterioridad a la firma del auto mediante el que se impuso la multa coercitiva diaria permiten asegurar, en una medida notable, la ejecución de las medidas provisionales decretadas en el auto de 14 de julio de 2021.
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Antecedentes

En 2021, la Comisión interpuso ante el Tribunal de Justicia un recurso por incumplimiento contra Polonia con la pretensión de que se declarase que determinadas modificaciones legislativas de la organización judicial de Polonia violaban el Derecho de la Unión.

En particular, según la Comisión, esas modificaciones prohíben a todos los tribunales nacionales comprobar el cumplimiento de las exigencias de la Unión relativas a la independencia y la imparcialidad de los tribunales. Llevar a cabo dicha comprobación puede calificarse de infracción disciplinaria. La Comisión indica que se ha atribuido a la Sala de Control Extraordinario y Asuntos Públicos del Tribunal Supremo polaco una competencia exclusiva para examinar las cuestiones referentes a la falta de imparcialidad de los jueces y tribunales; además, la Sala Disciplinaria del Tribunal Supremo, cuya independencia e imparcialidad no están garantizadas, está facultada para resolver sobre determinadas solicitudes con incidencia directa en el estatuto y el ejercicio de las funciones judiciales.

Durante el procedimiento en curso, se condenó a Polonia, mediante auto del Vicepresidente del Tribunal de Justicia de 27 de octubre de 2021, a pagar a la Comisión una multa coercitiva de un millón de euros diarios.  Se consideró necesario imponer esta multa para asegurarse de que Polonia ejecutara las medidas provisionales que se habían decretado en un auto de 14 de julio de 2021 3 con el objeto, en particular, de suspender la aplicación de las disposiciones nacionales impugnadas por la Comisión.

El 10 de marzo de 2023, Polonia solicitó al Tribunal de Justicia que revocara o, subsidiariamente, modificara el auto mediante el que se impuso la multa coercitiva en cuestión. En apoyo de esa solicitud, Polonia alega que, a raíz de modificaciones legislativas que ha adoptado, se ha conformado plenamente a las obligaciones que le incumbían en virtud de dichas medidas provisionales.

Contenido del Auto

Mediante el auto, el Vicepresidente del Tribunal de Justicia reduce la multa coercitiva a 500.000 euros diarios.

Con carácter previo, el Vicepresidente recuerda que una medida provisional puede modificarse o revocarse en cualquier momento si se produce una variación en las circunstancias que desvirtúe las apreciaciones del juez de medidas provisionales. No obstante, la modificación o la revocación de dicha medida no tiene efectos retroactivos.

A continuación, tras examinar si Polonia ha demostrado una variación de las circunstancias que implique que la multa coercitiva de que se trata carece actualmente de justificación, el Vicepresidente concluye que las medidas adoptadas por Polonia no bastan para garantizar la ejecución de todas las medidas provisionales decretadas en el auto de 14 de julio de 2021.

A este respecto, el Vicepresidente observa, en concreto, que no se han suspendido en todos los casos y con carácter inmediato los efectos de las resoluciones dictadas por la Sala Disciplinaria del Tribunal Supremo por las que se autoriza la apertura de un proceso penal contra un juez o su detención. Asimismo, en contra de las obligaciones resultantes de las medidas provisionales, Polonia no ha demostrado que se hayan suspendido completa y efectivamente las disposiciones que prohíben a los tribunales nacionales comprobar el cumplimiento de las exigencias de la Unión relativas al tribunal independiente e imparcial establecido previamente por la ley, ni las que permiten incoar diligencias disciplinarias contra un juez que haya efectuado tal comprobación.

Según el Vicepresidente, Polonia solo ha demostrado parcialmente la suspensión de la aplicación de las disposiciones que atribuyen a la Sala de Control Extraordinario y de Asuntos Públicos del Tribunal Supremo competencia exclusiva para examinar las alegaciones fundadas en la falta de independencia de un juez o tribunal.

No obstante, el Vicepresidente estima que las medidas que Polonia adoptó con posterioridad a la firma del auto mediante el que se impuso la multa coercitiva diaria permiten asegurar, en una medida notable, la ejecución de las medidas provisionales decretadas en el auto de 14 de julio de 2021. En particular, señala que Polonia ha derogado las disposiciones de atribución a la Sala Disciplinaria de determinadas competencias relativas al estatuto de los jueces y que esta Sala ha quedado abolida. El Vicepresidente subraya asimismo que diversas medidas adoptadas por Polonia han reforzado las vías judiciales a disposición de los jueces frente a los que la Sala Disciplinaria ha dictado resoluciones o facilitar, en determinados supuestos, la comprobación del cumplimiento de las exigencias relativas al tribunal independiente e imparcial establecido por la ley.

A la vista de los efectos de las medidas adoptadas por Polonia, el Vicepresidente reduce la multa coercitiva a 500.000 euros diarios desde la fecha de la firma del presente auto. El Tribunal de Justicia dictará la sentencia sobre el fondo el 5 de junio de 2023.

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