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La Rioja aprueba el marco jurídico que garantice el derecho a la protección y a la asistencia de las personas con problemas de salud mental, así como de sus familias.

La Rioja aprueba el marco jurídico que garantice el derecho a la protección y a la asistencia de las personas con problemas de salud mental, así como de sus familias

Ley 6/2023, de 22 de marzo, de las personas con problemas de salud mental y sus familias (B.O.L.R. de 24 de marzo de 2023)

Diario LA LEY, Nº 10258, Sección Actualidad Legislativa Comentada, 29 de Marzo de 2023, LA LEY

LA LEY 2724/2023

Portada

El Parlamento de La Rioja ha aprobado la Ley 6/2023, de 22 de marzo (LA LEY 3601/2023), de las personas con problemas de salud mental y sus familias, tiene por objetivo garantizar el derecho a la protección de la salud mental a través de su promoción, prevención de la enfermedad, asistencia, cuidados y rehabilitación de las personas usuarias de los servicios en el ámbito de la salud mental, de las personas con problemas de salud mental o de las personas con discapacidad psicosocial, así como sus familias, así como en la garantía del acceso a la asistencia.

Derechos de los pacientes y sus familias

Tras establecer su finalidad y los principios generales para su aplicación, la norma regula los derechos de los pacientes y de sus familiares, disponiendo que todas las personas con problemas de salud mental tienen derecho a recibir una atención integral y tratamiento de calidad a través de unos servicios adecuados de salud mental a lo largo de todo el proceso, debiendo asegurar el Gobierno de La Rioja su disponibilidad, accesibilidad y aceptabilidad.

Asimismo, establece que todas personas con problemas de salud mental deberán estar protegidas frente a cualquier tipo de discriminación o tratamiento inhumano, detallando los derechos de los que son titulares a estos efectos, así como las políticas a desarrollar por el Gobierno autonómico, en el ámbito de sus competencias, en materia de promoción de la salud mental.

Por otra parte, el texto puntualiza que las personas con problemas de salud mental y sus familias disfrutarán de los mismos derechos y oportunidades que cualquier otro miembro de la sociedad y los poderes públicos deberán facilitar la toma de decisiones de los mismos. Concretamente, tendrán el derecho de elegir y definir el papel que desean y son capaces de representar, sin perjuicio de los límites establecidos en la legislación civil estatal en la materia, gozarán del derecho a recibir atención médica, psiquiátrica o psicológica y social para proteger su salud y bienestar general y deberán recibir el apoyo y los servicios necesarios por parte de la Administración pública para poder sobreponerse a las dificultades derivadas de la aparición de una enfermedad mental en el seno de la familia y poder ejercer su papel en la vida de los pacientes de forma positiva, siempre con arreglo a la normativa legal vigente.

Además, la nueva ley se refiere de forma específica a los derechos de las personas mayores y de la población infantojuvenil, a los derechos de las mujeres y a los derechos de las personas en riesgo de exclusión social y personas con discapacidad.

Actuaciones públicas para la protección de la salud mental

Dentro de este contexto la norma contempla un sistema de garantías de atención a la salud mental, que define como conjunto de prestaciones, servicios y actuaciones de carácter integral y continuado que se orientan a la prevención, promoción y protección de la salud mental en el marco del Servicio Riojano de Salud y los diferentes servicios públicos que participen en su prevención, promoción e intervención; las garantías de tiempo máximo de acceso a las prestaciones y servicios de salud mental, debiendo el Servicio Riojano de Salud garantizar un tiempo máximo de acceso a las prestaciones y servicios de salud mental, debiendo reforzar las prestaciones y servicios en la Atención Primaria, así como reforzar medidas de prevención y promoción de la salud mental; y las ratios mínimas de profesionales de la salud mental, que establecerá la consejería competente en materia de salud en función del número de habitantes, de profesionales de la salud mental, entre los que necesariamente se encontrarán psiquiatras, psicólogas y psicólogos, enfermeras y enfermeros especialistas de salud mental y profesionales sanitarios, del trabajo social y relacionados con la atención a la salud mental.

Además, impone la promoción y garantía de un nuevo modelo de atención de salud mental y adicciones, basado en la evidencia y eficacia científica y en las necesidades del sistema y la población.

Por lo que respecta a la atención sin coerción y de la promoción de los ingresos voluntarios, se crearán mecanismos de registro y supervisión externa de las contenciones mecánicas, siendo la única indicación de estas la de garantizar la seguridad del o de la paciente cuando el resto de las medidas aplicadas han resultado ineficaces, y se procurarán los ingresos voluntarios y programados, guiados por el acuerdo realizado en consonancia con el plan individual de tratamiento acordado entre paciente y facultativa o facultativo referente comunitario. Si el ingreso lo es a criterio del facultativo, se le trasladará al paciente con carácter previo, siguiendo la evidencia científica, aportando la información necesaria, así como las alternativas disponibles.

Asimismo, la norma crea el Órgano Coordinador de Políticas en Materia de Salud Mental y Adicciones del Gobierno de La Rioja, que coordinará la ejecución de las políticas en materia de salud mental y adicciones.

Modelo de atención de salud mental y adicciones

Le texto contiene las disposiciones aplicables al modelo de atención a la salud mental y a las adicciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma, basado en una visión de bienestar emocional como forma global de salud mental, orientando a la recuperación y la inclusión social y laboral, en el que las personas usuarias y las familias sean parte activa en el proceso de toma de decisiones y en el cuidado de la salud.

Lucha contra el estigma

La ley regula la necesidad de adoptar medidas de lucha contra el estigma y la discriminación, a adoptar por el Gobierno de La Rioja, previniendo y/o disminuyendo el impacto y las consecuencias negativas que tienen en la vida de las personas con problemas de salud mental y en sus familiares, así como de sensibilización ante las enfermedades de salud mental

Igualmente, contempla medidas para la prevención del suicidio y de atención a los trastornos relacionados con las adicciones.

Formación, educación e investigación

Por último, la norma incluye medidas en materia de formación e intervención en los centros sanitarios, centros educativos, de servicios sociales y otros espacios orientados a la atención de la salud mental, en especial en la detección y manejo del suicidio, de las adicciones, de los trastornos del neurodesarrollo, de los problemas del vínculo y del manejo de las alteraciones de conducta.

Y aborda la promoción de la investigación en salud mental y adicciones como forma de establecer planes y programas para abordar y planificar objetivos.

Entrada en vigor y disposiciones transitorias

La Ley 6/2023, de 22 de marzo, entró en vigor el 25 de marzo de 2023, al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Las ratios mínimas de profesionales establecidas en la norma se alcanzarán progresivamente en el plazo de cinco años desde su entrada en vigor.

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